ISEGORÍA. Revista de Filosofía moral y política, N.º 64
enero-junio,  2021, e02
ISSN-L: 1130-2097 | eISSN: 1988-8376
https://doi.org/10.3989/isegoria.2021.64.02

Vulnerabilidad, precarización e injusticias interseccionales: notas para una filosofía política feminista*Esta investigación ha contado con el apoyo del proyecto Esfera Pública y Sujetos Emergentes (FFI2016-75603-R, AEI/FEDER, UE). Agradezco el fértil diálogo con M. Xosé Agra Romero sobre la vulnerabilidad y la articulación de una filosofía política feminista.

Vulnerability, precaritization and intersectional injustices: notes for a feminist political philosophy

Tomeu Sales Gelabert

Universitat de les Illes Balears

https://orcid.org/0000-0002-9147-0619

Resumen

El presente texto explora el potencial de una filosofía política de la vulnerabilidad, feminista e igualitaria, centrada en analizar, publicitar y criticar los procesos de producción masiva de precaridad. Se identifica la intersección de los principales ejes de poder como productora de desigualdades interseccionales, siguiendo el enfoque interseccional de P. H. Collins y N. Yuval-Davis. Se conectan las situaciones de vulnerabilidad/precaridad inducida con la dimensión normativa a través del concepto de injusticia interseccional siguiendo la aportación de I. M. Young. Se concluye con un balance de la nueva ontología social y política de la vulnerabilidad como base para una filosofía política feminista.

Palabras clave:  
Vulnerabilidad; precaridad; interseccionalidad; injusticia; filosofía política feminista.
Abstract

This text explores the potential of a political philosophy of vulnerability, feminist and egalitarian, focused on analyzing, publicizing and criticise the processes of mass production of precarity. The intersection of the main axes of power is identified as a producer of intersectional inequalities, following the intersectional approach of P. H. Collins and N. Yuval-Davis. The situations of vulnerability/precarity induced are connected to the normative dimension through the concept of intersectional injustice following the contribution of I. M. Young. It concludes with a balance of the new social and political ontology of vulnerability as the basis for a feminist political philosophy.

Keywords:  
Vulnerability; Precarity; Intersectionality; Injustice; Feminist Political Philosophy.

Recibido: 28 diciembre 2019. Aceptado: 30 septiembre 2020.

Cómo citar este artículo/Citation: Sales Gelabert, Tomeu (2021). "Vulnerabilidad, precarización e injusticias interseccionales: notas para una filosofía política feministaEsta investigación ha contado con el apoyo del proyecto Esfera Pública y Sujetos Emergentes (FFI2016-75603-R, AEI/FEDER, UE). Agradezco el fértil diálogo con M. Xosé Agra Romero sobre la vulnerabilidad y la articulación de una filosofía política feminista.". Isegoría, 64: e02. https://doi.org/10.3989/isegoria.2021.64.02

CONTENIDO

INTRODUCCIÓN

 

En los últimos años el activismo feminista ha reactivado la contestación feminista transnacional, reintroduciendo en la esfera pública preocupaciones que interpelan a la filosofía/teoría política feminista1En este artículo tomamos como sinónimos teoría política feminista y filosofía política feminista, siendo conscientes que entre las dos tradiciones pueden identificarse semejanzas y diferencias (Dietz, Olivares, 2005; Agra, 2012; McAfee, Howard, 2018; Mansbridge, Okin, 2019). Utilizaremos la denominación «filosofía política feminista» para caracterizar nuestra aportación. La huelga feminista internacional ha reintroducido como problemas políticos: la creación de la unidad/solidaridad desde la pluralidad de posiciones y demandas de las mujeres y la transformación del sistema socio-productivo neoliberal (Manifiesto 8M- hacia la huelga feminista, 2018).. La histórica sintonía entre teoría y activismo feminista ha garantizado que la primera no se convierta en un estéril subcampo de la filosofía política, al mismo tiempo que ha orientado a la segunda2Lisa Disch y Mary Hawkesworth defienden la relación constitutiva entre teoría y activismo feminista: «la teoría feminista se concibe más fructíferamente como un proyecto multifacético y “multisituado” que como un campo acotado. El feminismo no existiría como un esfuerzo teórico sin las luchas políticas por el empoderamiento de las mujeres que han surgido en todas las regiones del mundo […]. Las teorías feministas surgen en conjunción con el activismo feminista y las prácticas académicas, buscando iluminar las barreras y limitaciones que circunscriben las vidas de las mujeres, explicar su dinámica y persistencia e identificar mecanismos para el cambio» (2016: 1-2). (Agra, 2012Agra, María Xosé, «El feminismo y/en la filosofía política», Revista Laguna, 30 (2012), pp. 31-45. ; Disch, Hawkesworth, 2016Disch, Lisa, Hawkesworth, Mary (Ed.), The Oxford Handbook of Feminist Theory, Oxford University Press, New York, 2016.). Para Linda Zerilli la teoría política feminista desde su constitución ha mantenido una relación ambivalente respecto al «canon de la teoría política» (Zerilli, 2006: 106Zerilli, Linda, «Feminist theory and the canon of political thought», Dryzek, John S., Honing, Bonnie, Phillips, Anne, The Oxford Handbook of Political Theory, Oxford University Press, New York, 2006, pp. 106-120.). En una primera fase se centró en analizar la exclusión de las mujeres, mientras que, en una segunda intentó integrarlas en las categorías políticas clásicas. Por el contrario, en la tercera fase, el trabajo se focalizó en señalar cómo la inclusión de las mujeres en un marco teórico-político androcéntrico, patriarcal y misógino no podía hacerse sino a costa de alterar dicho marco. La crítica y deconstrucción de las categorías políticas clásicas exige el esfuerzo de repensar las categorías políticas liberales (Mansbridge, Okin, 2019: 39-70Mansbridge, Jane, Okin, Susan S., Feminismo. Breve introducción a una ideología política, Página Indómita, Barcelona, 2019.) e introducir de nuevas que permitan la inclusión de las mujeres y, sobre todo, de los temas y preocupaciones que el activismo feminista sitúa en la esfera pública (McAfee, Howard, 2018McAfee, Noëlle, Katie B. Howard, «Feminist Political Philosophy», Edward N. Zalta (ed.), The Stanford Encyclopedia of Philosophy, Stanford University, California, 2018, https://plato.stanford.edu/archives/win2018/entries/feminism-political/ ). Este es precisamente el reto que caracteriza a la cuarta fase de la teoría política feminista, que según Zerilli: «Debería buscar […] constituir un marco de referencia diferente para el pensamiento político, un marco que no se caracterice ni por la orientación androcéntrica de los pensadores canónicos ni por la orientación ginocéntrica de sus críticas feministas» (Zerilli, 2006: 120Zerilli, Linda, «Feminist theory and the canon of political thought», Dryzek, John S., Honing, Bonnie, Phillips, Anne, The Oxford Handbook of Political Theory, Oxford University Press, New York, 2006, pp. 106-120.). Un proyecto que pasa para algunas por analizar el género y el sexo como un dispositivo político (Butler, 2006Butler, Judith, Deshacer el género, Paidós, Barcelona, 2006.; Bernini, 2018Bernini, Lorenzo, Las teorías queer. Una introducción, Egales, Barcelona, 2018.), otras examinan el marco de la justicia integrando las reivindicaciones de redistribución, reconocimiento y participación (Young, 2000Young, Iris Marion, La justicia y la política de la diferencia, Cátedra, Madrid, 2000.; Fraser, 2015Fraser, Nancy, Fortunas del feminismo. Del capitalismo gestionado por el Estado a la crisis neoliberal, Traficantes de sueños, Madrid, 2015.), mientras que, otras han propuesto elaborar una nueva ontología social y política relacional a partir de la categoría de la vulnerabilidad (Butler, 2007Butler, Judith, Vida precaria: el poder del duelo y la violencia, Paidós, Buenos Aires, 2007., 2010Butler, Judith, Marcos de guerra. Las vidas lloradas, Paidós, Barcelona, 2010., 2017aButler, Judith, «Vulnerabilidad corporal, coalición y la política de la calle», en Nómadas, 46 (2017a), pp. 13-29. https://doi.org/10.30578/nomadas.n46a1 ; Cavarero, 2009Cavarero, Adriana, Horrorismo. Nombrando la violencia contemporánea, Anthropos, Barcelona, 2009.; Agra, 2013Agra, María Xosé, «Vulnerabilidad; injusticias y cuidados», Boladeras, Margarita, Bioética. Justicia y vulnerabilidad, Proteus, Barcelona, 2013, pp. 49-82.; Mackenzie, Roger, Dodds, 2013Mackenzie, Catriona, Rogers, Wendy, Dodds, Susan (eds.), Vulnerability. New Essays in Ethics and Feminist Philosophy, Oxford University Press, New York, 2013. )3Se señalan sin pretensiones de exhaustividad tres de las vías actuales que ha seguido la filosofía política feminista..

Las teorías feministas de la vulnerabilidad enlazan críticamente con la deconstrucción de las categorías políticas clásicas por su dimensión androcéntrica y patriarcal al concebir a los actores sociales como individuos, abstractos, independientes, racionales, auto-interesados, descorporalizados y no singulares. Esta ontología liberal se ha mostrado despreocupada por las relaciones, los vínculos, la responsabilidad, la interdependencia, los trabajos de cuidados y la reproducción. El foco de las teorías feministas de la vulnerabilidad se centra en apuntar hacia una nueva ontología social y política relacional, interdependiente e igualitaria, que muestra los seres humanos como seres vulnerables y dependientes, que necesitan mecanismos de sostenibilidad para pervivir. Mecanismos en parte institucionalizados, social y políticamente, en la estructura social, que generan una distribución diferencial de la vulnerabilidad. Así, se parte de una concepción dual de la vulnerabilidad: vulnerabilidad como condición existencial y vulnerabilidad como proceso de negación de los soportes necesarios para garantizar una vida vivible, habitable o digna.

Procesos de distribución diferencial de vulnerabilidad producidos social y estructuralmente, que sitúan a determinados grupos en una posición de privilegio y otros en una subalterna; de opresión y dominio. Esta nueva ontología social y política igualitarista de la vulnerabilidad requiere de un análisis de las intersecciones de los diferentes ejes de poder que posicionan a los individuos y grupos sociales en situaciones más vulnerables; en condiciones de «precaridad inducida» (Butler, 2010Butler, Judith, Marcos de guerra. Las vidas lloradas, Paidós, Barcelona, 2010.). En este punto, el giro interseccional en la teoría feminista aporta un enfoque de la estructura social como producto del entrelazamiento de diferentes sistemas de poder que permite iluminar los mecanismos de generación masiva de vulnerabilidad y precaridad (Guerra, 2018: 360Guerra, María José,«Precariedad, vulnerabilidad y tarjetas sanitarias. Contra la bioética neoliberal», García Marzá, Domingo, Lozano Aguilar, José Félix, Martínez Navarro, Emilio, Siurana, Juan Carlos, Ética y Filosofía Política: Homenaje a Adela Cortina, Tecnos, Madrid, 2018, pp. 359-370.). La conexión de la ontología de la vulnerabilidad con el enfoque de la intersección de los diferentes ejes de poder social se convierte en un potente proyecto crítico y transformativo capaz de captar las nuevas demandas y reivindicaciones feministas, al mismo tiempo que transforma las categorías políticas clásicas. Así, el objetivo es conectar el análisis de las estructuras de la vulnerabilidad inducida que generan desigualdades interseccionales con el marco normativo de la justicia, para examinar las reivindicaciones de justicia en el contexto de las estructuras sociales y políticas situadas que generan los procesos de vulnerabilidad inducidos. La perspectiva normativa se desplaza de la justicia hacia la crítica a las injusticias producidas por la precarización, que calificaremos de injusticias interseccionales.

En definitiva, el presente texto tiene como objetivo explorar el potencial de una filosofía política de la vulnerabilidad, feminista e igualitaria, centrada en analizar, publicitar y criticar los procesos de producción masiva de precaridad. Se identificarán los procesos de entrelazamiento de los ejes de poder social, a través del enfoque interseccional. Se seguirá la teoría de la matriz de poder de P. H. Collins y la perspectiva de la interseccionalidad situada de N. Yuval Davis. Se conectarán las situaciones de vulnerabilidad/precaridad inducida o desigualdades interseccionales con la dimensión normativa a través del concepto de injusticia interseccional siguiendo la aportación teórica de I. M. Young. Concluiremos haciendo un balance de la nueva ontología social y política de la vulnerabilidad como base para una filosofía política feminista.

VULNERABILIDAD, PRECARIEDAD Y PRECARIZACIÓN INDUCIDA

 

La vulnerabilidad es un concepto con amplio recorrido, tanto en el ámbito teórico como activista. Se habla de vulnerabilidad social, económica, laboral, ecológica, emocional, habitacional, nacional e intergeneracional entre otras (Mackenzie, Rogers, Dodds, 2013: 162-178Mackenzie, Catriona, Rogers, Wendy, Dodds, Susan (eds.), Vulnerability. New Essays in Ethics and Feminist Philosophy, Oxford University Press, New York, 2013. ). En la filosofía política feminista se ha convertido en una categoría basal sobre la que se construye una ontología social y política alternativa tanto a la ontología social y política liberal centrada en el sujeto racional, abstracto, auto-interesado, descorporeizado, independiente y autosuficiente (Dietz, Vericat, 1990: 106-109Dietz, Mary G., Vericat, Isabel «El contexto es lo que cuenta: feminismo y teorías de la ciudadanía», Debate Feminista, 1 (1990), pp. 114-140. https://doi.org/10.22201/cieg.01889478p.1990.1.1862 ; Cavarero, 2009: 45Cavarero, Adriana, Horrorismo. Nombrando la violencia contemporánea, Anthropos, Barcelona, 2009.; Comins, 2016: 557Comins, Irene, «Vulnerabilidad, interdependencia y ciudadanía», Marquardt, Bernd (Ed.), Paz a través del derecho y de la Constitución. Constitucionalismo científico, Grupo editorial Ibáñez, Bogotá, 2016, pp. 553-570. ; McAfee, Howard, 2018McAfee, Noëlle, Katie B. Howard, «Feminist Political Philosophy», Edward N. Zalta (ed.), The Stanford Encyclopedia of Philosophy, Stanford University, California, 2018, https://plato.stanford.edu/archives/win2018/entries/feminism-political/ ), como de la ontología social y política neoliberal que concibe el sujeto como un empresario de sí centrado en la autovaloración en un ambiente competitivo (Laval, Dardot, 2013: 76, 331Laval, Christian, Dardot, Pierre, La nueva razón del mundo. Ensayo sobre la sociedad neoliberal, Gedisa, Barcelona, 2013.). Una nueva manera de entender los seres, las relaciones y las instituciones, social y políticamente constituidos, sin pretender construir una antropología ni trascendental ni metafísica (Butler, 2010: 15Butler, Judith, Marcos de guerra. Las vidas lloradas, Paidós, Barcelona, 2010.). Base para una nueva significación normativa (Butler, 2010: 57Butler, Judith, Marcos de guerra. Las vidas lloradas, Paidós, Barcelona, 2010.; Mackenzie, Roger y Dodds, 2013: 1Mackenzie, Catriona, Rogers, Wendy, Dodds, Susan (eds.), Vulnerability. New Essays in Ethics and Feminist Philosophy, Oxford University Press, New York, 2013. ) y elemento para el cambio político. Se concibe el sujeto como «sujeto vulnerable» (Fineman, 2008Fineman, Martha A, «The vulnerable Subject: Anchoring Equality in the Human Condition», Yale Journal of Law & Feminism, 20:1 (2008), pp. 1-23.), que requiere de una red de instituciones sociales y políticas que garanticen su sostenibilidad y reproducción, entendidas estas como procesos de autonomización. Pero antes de mostrar las bases de esta nueva ontología social y política de la vulnerabilidad es necesario definir y concretar qué entendemos por vulnerabilidad y qué relación mantiene con la precariedad y la precarización.

En este sentido, nos centraremos en tres aportaciones que introducen acotaciones dentro de la discusión de la vulnerabilidad en la línea de la constitución de esta nueva ontología social y política feminista e igualitarista. Nos referimos a la definición de la vulnerabilidad constitutiva por parte de Adriana Cavarero en su obra Horrorismo (2009Cavarero, Adriana, Horrorismo. Nombrando la violencia contemporánea, Anthropos, Barcelona, 2009.), posteriormente a la distinción que introduce Judith Butler entre «precariedad», como condición existencial compartida, y «precaridad», como producto de las fuerzas sociales y políticas que genera una situación de maximización de la precariedad; es decir, una precariedad social y políticamente inducida. Por último, nos referiremos a la taxonomía de la vulnerabilidad que desarrollan Catriona Mackenzie, Wendy Rogers y Susan Dodds (2013)Mackenzie, Catriona, Rogers, Wendy, Dodds, Susan (eds.), Vulnerability. New Essays in Ethics and Feminist Philosophy, Oxford University Press, New York, 2013. . Si Cavarero muestra las características básicas de la vulnerabilidad como una condición existencial, Butler pone el acento en su distribución diferencial, mientras que Mackenzie, Rogers y Dodds introducen su dimensión dinámica y caracterizan su aspecto patológico.

En Horrorismo (2009Cavarero, Adriana, Horrorismo. Nombrando la violencia contemporánea, Anthropos, Barcelona, 2009.), Cavarero busca categorías para entender las nuevas formas de violencia «casuales y unilaterales», que difícilmente se pueden captar a través de las categorías de terrorismo y guerra. Frente a la física o naturaleza del terror caracterizada por «la experiencia física del miedo y […] el cuerpo que tiembla» (2009: 19Cavarero, Adriana, Horrorismo. Nombrando la violencia contemporánea, Anthropos, Barcelona, 2009.), la naturaleza o física del horror se enmarca en un «estado de parálisis […] que más que miedo, concierne a la repugnancia […]. Invadido por el asco frente a una forma de violencia que se muestra más inaceptable que la muerte» (2009: 23-24Cavarero, Adriana, Horrorismo. Nombrando la violencia contemporánea, Anthropos, Barcelona, 2009.). El horror acontece frente a la violencia que genera asco y repulsión, cuyo objetivo no es la muerte sino «destruir la unicidad del cuerpo y se ensaña en su constitutiva vulnerabilidad. Lo que está en juego no es el fin de una vida, sino la condición humana misma en cuanto encarnada en la singularidad de cuerpos vulnerables» (2009: 25Cavarero, Adriana, Horrorismo. Nombrando la violencia contemporánea, Anthropos, Barcelona, 2009.). En las masacres contemporáneas aparecen cuerpos descuartizados, destrozados, mutilados, desmembrados, donde el objetivo de tal violencia no es atentar contra una vida en concreto, sino contra la propia condición humana. El horror desvela la condición propiamente humana, al ser esta sobrepasada. En el desprecio y ensañamiento del cuerpo muerto se violan todas las fronteras de la condición existencial humana. Se trata de una auténtica ofensa ontológica (2009: 62Cavarero, Adriana, Horrorismo. Nombrando la violencia contemporánea, Anthropos, Barcelona, 2009.). El horror que congela revela, como reverso, nuestra auténtica condición como sujetos corporales expuestos al daño y a la herida; es decir nuestra vulnerabilidad. Cavarero resalta la relación de esta con nuestra unicidad, singularidad y corporalidad.

Esta condición de vulnerabilidad nos muestra como seres expuestos a otros, y como tales «los dos polos de la alternativa esencial inscrita en la condición de vulnerabilidad: la herida y la cura» (2009: 43Cavarero, Adriana, Horrorismo. Nombrando la violencia contemporánea, Anthropos, Barcelona, 2009.). La vulnerabilidad como condición existencial no solo nos inscribe como seres dañables y dañinos, sino también como seres que requieren de cuidados y que cuidan. La apertura al otro, propia de la vulnerabilidad, nos proyecta como seres dañables (vulnus, heribles), pero también que requieren de un sustento o de cura para pervivir. La vulnerabilidad es insuperable y se caracteriza por la corporalidad, singularidad, interdependencia, apertura y exposición. Como seres vulnerables desde el nacimiento hasta la muerte, somos seres vinculados y dependientes de los otros. El ser humano se presenta como un ser expuesto, abierto y dependiente al otro, que se constituye como fuente de daño, pero también de cura o cuidado (2009: 58Cavarero, Adriana, Horrorismo. Nombrando la violencia contemporánea, Anthropos, Barcelona, 2009.). Cavarero advierte que no se debe confundir el vulnerable con el inerme (2009: 59-60Cavarero, Adriana, Horrorismo. Nombrando la violencia contemporánea, Anthropos, Barcelona, 2009.). En este sentido, la vulnerabilidad, aunque se centra en nuestra capacidad de ser dañados o heridos, abre la puerta a otras formas de relación vinculadas con los otros de los que se depende y al mismo tiempo dependen de mi en una relación recíproca; abre la puerta a los cuidados y focaliza la necesidad que tiene los seres vulnerables de redes de sostenimiento a través del cuidado (Comins, 2016: 559Comins, Irene, «Vulnerabilidad, interdependencia y ciudadanía», Marquardt, Bernd (Ed.), Paz a través del derecho y de la Constitución. Constitucionalismo científico, Grupo editorial Ibáñez, Bogotá, 2016, pp. 553-570. ).

Para Cavarero, la vulnerabilidad es universalmente compartida. En la misma línea, se sitúa J. Butler, aunque ella pone el énfasis en la distribución diferencial, social y políticamente inducida, de la vulnerabilidad (2017a: 18Butler, Judith, «Vulnerabilidad corporal, coalición y la política de la calle», en Nómadas, 46 (2017a), pp. 13-29. https://doi.org/10.30578/nomadas.n46a1 ). Sostiene que la vulnerabilidad no se reduce ni a una circunstancia puntual, ni únicamente a la situación de «dañabilidad» (2010: 58, 93Butler, Judith, Marcos de guerra. Las vidas lloradas, Paidós, Barcelona, 2010.), sino que la vulnerabilidad es una condición existencial (2010: 58Butler, Judith, Marcos de guerra. Las vidas lloradas, Paidós, Barcelona, 2010.; 2017a: 23Butler, Judith, «Vulnerabilidad corporal, coalición y la política de la calle», en Nómadas, 46 (2017a), pp. 13-29. https://doi.org/10.30578/nomadas.n46a1 ) y de apertura al otro o de «ser receptivos» (2017a: 21Butler, Judith, «Vulnerabilidad corporal, coalición y la política de la calle», en Nómadas, 46 (2017a), pp. 13-29. https://doi.org/10.30578/nomadas.n46a1 ), en tanto que sujetos no cerrados y precarios. En este punto, Butler desplaza el foco del concepto de vulnerabilidad al de precariedad, sin quedar muy claro si ambos conceptos se toman como sinónimos o si bien uno es función de otro (Butler, 2010: 29-33Butler, Judith, Marcos de guerra. Las vidas lloradas, Paidós, Barcelona, 2010.; 2017a: 24Butler, Judith, «Vulnerabilidad corporal, coalición y la política de la calle», en Nómadas, 46 (2017a), pp. 13-29. https://doi.org/10.30578/nomadas.n46a1 ). Butler define la precariedad como la situación de corporalidad que nos expone a «fuerzas social y políticamente articuladas, así como a ciertas existencias de sociabilidad que hacen posible el persistir y prosperar del cuerpo» (2010: 15-16Butler, Judith, Marcos de guerra. Las vidas lloradas, Paidós, Barcelona, 2010.). Una condición igualitaria que muestra la necesidad de los seres precarios respecto de las condiciones exteriores que permiten su sostenibilidad.

La idea de precariedad implica una dependencia de redes y condiciones sociales, lo que sugiere que aquí no se trata de la “vida como tal”, sino siempre y solo de las condiciones de vida, de la vida como algo que exige unas condiciones para llegar a ser vida “vivible” y, sobre todo, para convertirse en digna de ser llorada (2010: 42Butler, Judith, Marcos de guerra. Las vidas lloradas, Paidós, Barcelona, 2010.).

La precariedad como condición existencial funda responsabilidades y obligaciones normativas hacia los demás, al mismo tiempo que pone las bases para la crítica social y política, al mostrar la distribución diferencial, y, por tanto, social y políticamente inducida de la misma. A esta situación que maximiza la exposición a la precariedad constitutiva al no disponer ni de recursos ni de redes institucionales de sostenimiento para su reproducción y pervivencia Butler la llama «precaridad». No se debe confundir la precariedad, como condición existencial social y políticamente situada, y la precaridad, como condición de falta de recursos y de soportes institucionales que permitan una vida vivible o digna de ser llorada; una vida habitable o digna. «La precaridad designa esa condición políticamente inducida en la que ciertas poblaciones adolecen de falta de redes de apoyo sociales y económicas» (2010: 46Butler, Judith, Marcos de guerra. Las vidas lloradas, Paidós, Barcelona, 2010.). La precaridad se caracteriza por una situación de extrema exposición a la violencia y a la dañabilidad, sin resortes institucionales para poder hacer frente a ellos de forma autónoma (2017b: 28, 121Butler, Judith, Cuerpos aliados y lucha política. Hacia una teoría performativa de la asamblea, Paidós, Barcelona, 2017b. ). Los recursos y redes necesarios para desarrollar una vida habitable son los que permite minimizar la exposición al daño y la dominación arbitraria exterior; es decir, habilitan como sujetos autónomos, que no independientes (Comins, 2016: 555Comins, Irene, «Vulnerabilidad, interdependencia y ciudadanía», Marquardt, Bernd (Ed.), Paz a través del derecho y de la Constitución. Constitucionalismo científico, Grupo editorial Ibáñez, Bogotá, 2016, pp. 553-570. ).

Para Butler la precariedad designa una situación compartida y la precaridad una situación inducida social y políticamente. Tanto la precariedad como la precaridad están relacionadas con la corporalidad, la dependencia, la apertura, la radical sociabilidad, la interdependencia y la vinculación al otro. Los dos conceptos constituyen los elementos analíticos y críticos para articular una respuesta a la expansión de la violencia estatal, tanto interna como externa, y a las políticas identitarias en clave de reorientación de «la política de la izquierda» (Butler, 2010: 55Butler, Judith, Marcos de guerra. Las vidas lloradas, Paidós, Barcelona, 2010.). Siguiendo esta línea, Butler aborda en una de sus últimas obras el análisis de las nuevas luchas basadas en la «toma de las calles» (2017a: 25Butler, Judith, «Vulnerabilidad corporal, coalición y la política de la calle», en Nómadas, 46 (2017a), pp. 13-29. https://doi.org/10.30578/nomadas.n46a1 ), la ocupación del espacio público y las nuevas formas asamblearias de organización horizontal. En su presencia como cuerpos y su condición de precariedad en el espacio público basan su acción política (corporalidad, interdependencia, apertura, vinculación, necesidad de redes de apoyo y sostenimiento); precisamente contra la producción masiva de precaridad (2017b: 25Butler, Judith, Cuerpos aliados y lucha política. Hacia una teoría performativa de la asamblea, Paidós, Barcelona, 2017b. ). El objeto central de las manifestaciones y congregaciones corporales ha sido mostrar la imposibilidad del sostenimiento de la vida sin unas condiciones mínimas que garanticen la supervivencia y la reproducción del cuerpo, de sus necesidades físicas, sociales y afectivas, y de las relaciones sociales de interdependencia que constituyen a los individuos como seres precarios. De esta manera, Butler pone el acento en la dimensión crítico-política de la precariedad y de la producción masiva de precaridad por parte de las políticas públicas y el imaginario neoliberal (Guerra, 2018: 361Guerra, María José,«Precariedad, vulnerabilidad y tarjetas sanitarias. Contra la bioética neoliberal», García Marzá, Domingo, Lozano Aguilar, José Félix, Martínez Navarro, Emilio, Siurana, Juan Carlos, Ética y Filosofía Política: Homenaje a Adela Cortina, Tecnos, Madrid, 2018, pp. 359-370.).

Más allá del foco en la distribución diferencial de la precariedad, Mackenzie, Rogers y Dodds (2013)Mackenzie, Catriona, Rogers, Wendy, Dodds, Susan (eds.), Vulnerability. New Essays in Ethics and Feminist Philosophy, Oxford University Press, New York, 2013. desde la ética de la vulnerabilidad ponen el acento en la necesidad de un análisis sistemático de la vulnerabilidad, proponiendo una taxonomía. Indican tres fuentes de la vulnerabilidad y dos estados. Las fuentes de la vulnerabilidad son: la inherente (propia de la condición humana como ser corporal, social y con necesidades), la situacional (que viene determinada por el contexto social, político, económico, laboral, emocional, medioambiental, etc.) y la patológica (como el efecto de la estigmatización que sufren determinados grupos o individuos que son catalogados como vulnerables como condición para poder ser protegidos, provocando el efecto contario; su marginación). Es precisamente esta última fuente la que alerta del peligro del paternalismo asociado a los análisis de la vulnerabilidad. Frente a las diferentes fuentes de vulnerabilidad, las autoras destacan la necesidad de distinguir entre una situación «disposicional» y otra «actual». La primera hace referencia al estado en que se es potencialmente vulnerable, aunque no se llegue a ser nunca dañado. En cambio, la vulnerabilidad actual hace referencia a los peligros y daños objetivos que un individuo o grupo debe hacer frente (Mackenzie, Rogers, Dodds, 2013: 7-9Mackenzie, Catriona, Rogers, Wendy, Dodds, Susan (eds.), Vulnerability. New Essays in Ethics and Feminist Philosophy, Oxford University Press, New York, 2013. ). La novedad de la propuesta radica en la dimensión patológica de la vulnerabilidad, asociada al paternalismo y a la exclusión social, y a la introducción de la distinción entre potencialidad y actualidad de la vulnerabilidad.

MATRIZ DE PODER E INTERSECCIONALIDAD SITUADA

 

La vulnerabilidad o precariedad en sentido amplio como constitución existencial muestra las limitaciones del discurso normativo liberal y neoliberal del sujeto. El contexto y la situación se convierten en determinantes, tanto por lo que hace al sostenimiento del sujeto vulnerable como por su constitución, en el sentido que este es siempre construido social y políticamente (Dietz, Vericat, 1990Dietz, Mary G., Vericat, Isabel «El contexto es lo que cuenta: feminismo y teorías de la ciudadanía», Debate Feminista, 1 (1990), pp. 114-140. https://doi.org/10.22201/cieg.01889478p.1990.1.1862 ). «Contexto» y «situación» que ya fueron presentados como claves dentro de la filosofía feminista en la década de los 50 y 60 del siglo XX. En esta línea, la aportación de S. de Beauvoir es fundamental, al señalar respecto a la moral existencialista que:

Todo sujeto se afirma concretamente a través de los proyectos como una trascendencia, solo hace culminar su libertad cuando la supera constantemente hacia otras libertades […] Cada vez que la trascendencia vuelve a caer en la inmanencia, se da una degradación de la existencia en un “en sí”, de la libertad en facticidad; esta caída es una falta moral si el sujeto la consiente; si se le inflige, se transforma en una frustración y una opresión; en ambos casos, se trata de un mal absoluto […]. El drama de la mujer es este conflicto entre la reivindicación fundamental de todo sujeto que siempre se afirma como esencial y las exigencias de una situación que la convierte en inesencial (Beauvoir, 2018: 59-60Beauvoir, Simone, El segundo sexo, Cátedra, Madrid, 2018.).

La «situación» como exterior, restrictiva o capacitante, se convierte en límite de la libertad, entendida como trascendencia en Beauvoir. Desde una posición subjetivista y existencialista, Beauvoir muestra las barreras exteriores limitantes de la propia libertad del sujeto como «opresiones», entendidas como males absolutos (Puleo, 2017: 174Puleo, Alicia H., «Nuevas formas de desigualdad en un mundo globalizado. El alquiler de úteros como extractivismo», Revista Europea de Derechos Fundamentales, 29 (2017), pp. 165-184.). Recogiendo este hilo, el punto de vista feminista de la vulnerabilidad al entender los sujetos como vulnerables y vulnerabilizados o precarizados, no solo ve el exterior como limitante, sino también como constitutivo. La situación y el contexto constituyen y limitan al sujeto vulnerable a través de diferentes dispositivos políticos y sociales. Desenredar estos dispositivos requiere de un análisis amplio del poder social y sus diferentes articulaciones; un enfoque que conciba al poder social no limitado al «poder institucional». En este sentido, el acercamiento interseccional del poder provee un instrumento (Hill Collins, Bilge, 2017: 25Hill Collins, Patricia, Bilge, Sirma, Intersectionality, Polity Press, Cambridge, 2017.) que permite identificar la producción masiva de vulnerabilidad o precaridad como proceso que sitúa a individuos y a grupos sociales en situaciones de privilegio, mientras que otros son situados en una posición de opresión y dominio. Posición entendida como incremento social, institucional y estructural de la vulnerabilidad constitutiva. Así, la filosofía feminista centrada en el contexto estructural se convierte en filosofía política feminista.

El enfoque interseccional es un marco teórico y práctico que analiza la interconexión de diferentes ejes de poder relevantes en una realidad social e histórica, que producen situaciones y posiciones de subordinación y privilegio de unos individuos o grupos sociales respecto a otros. Se trata de una concepción amplia del poder, que intenta caracterizar la constitución mutua de los diferentes sistemas de poder (la clase, el género, la raza/etnia, la sexualidad, la capacidad, la edad, la nacionalidad, el estatus de ciudadanía, etc.), la posición y situación social diferencial que producen entre unos individuos y grupos respecto de otros, y la dimensión relacional de las interacciones entre estos, cuya finalidad es captar la complejidad social que genera el entrelazamiento de los diferentes ejes de poder (Hill Collins, Chepp, 2013: 60-63Hill Collins, Patricia, Chepp, Valerie, «Intersectio-nality», Waylen, Georgina, Celis, Karen, Kantola, Johanna, Weldon, S. Laurel (eds.), The Oxford Handbook of Gender and Politics, Oxford University Press, New York, 2013, pp. 57-88. ). Estos grupos e individuos situados en una posición diferencial de poder, es decir, de recursos tanto materiales como simbólicos para hacer frente a su vulnerabilidad constitutiva, generan representaciones, conocimientos y valores, que permiten a los grupos privilegiados justificar y racionalizar su posición frente a los grupos subordinados y oprimidos, al mismo tiempo que estos generan representaciones, conocimientos y valores a través de los cuales denuncian sus situaciones y articulan políticamente la resistencia.

El enfoque interseccional, por un lado, enfatiza la imposibilidad de analizar la dinámica social desde una perspectiva de un solo eje de poder o de opresión (McCall, 2005: 1771McCall, Leslie «The complexity of intersectionality», Signs. Journal of Women in Culture and Society, 30: 3, (2005), 1771-1800. https://doi.org/10.1086/426800 ; Yuval-Davis, 2006: 195Yuval-Davis, Nira, «Intersectionality and Feminist Politics», European Journal of Women’s Studies, 13:2 (2006), pp.193-209.; Hill Collins, Chepp, 2013: 59Hill Collins, Patricia, Chepp, Valerie, «Intersectio-nality», Waylen, Georgina, Celis, Karen, Kantola, Johanna, Weldon, S. Laurel (eds.), The Oxford Handbook of Gender and Politics, Oxford University Press, New York, 2013, pp. 57-88. ; Hill Collins, Bilge, 2017: 194-195Hill Collins, Patricia, Bilge, Sirma, Intersectionality, Polity Press, Cambridge, 2017.; Romero, 2018: 12Romero, Mary, Introducing Intersecctionalioty, Polity Press, Cambridge, 2018.), rompiendo así con el binarismo y apuntando hacia a una concepción compleja de las situaciones, posiciones, representaciones, conocimientos y valores. Por el otro lado, el énfasis en la concreta e histórica estructuración de los principales ejes de poder social (Hill Collins, Bilge, 2017: 28Hill Collins, Patricia, Bilge, Sirma, Intersectionality, Polity Press, Cambridge, 2017.), rompe con el esencialismo y apuesta por la articulación de contestaciones políticas a las configuraciones actuales. Tanto por su génesis como por su particular concepción situada del conocimiento social y político, el enfoque interseccional conecta la dimensión teórica con la práctica política, siendo una investigación y una práctica crítica que apunta hacia la justicia social (Hill Collins, Bilge, 2017: 30Hill Collins, Patricia, Bilge, Sirma, Intersectionality, Polity Press, Cambridge, 2017.). Entre las diferentes narrativas de la interseccionalidad nos centraremos en algunos puntos centrales de las aportaciones de P. H. Collins y N. Yuval-Davis, por la utilidad de su contribución para desarrollar nuestro objetivo de analizar los procesos de vulnerabilización y precaridad inducida.

Para Hill Collins el enfoque interseccional se caracteriza como un «proyecto de conocimiento» que analiza el entrelazamiento e interconexión de los diferentes sistemas de poder, entre los que destaca el género, la raza/etnia, la clase, la sexualidad, la capacidad, etc., y cómo estas intersecciones generan realidades materiales desiguales, posicionando a individuos y grupos con poder social desigual, y experiencias y consciencia diferentes debido a su posición (Hill Collins, Chepp, 2013: 59-60Hill Collins, Patricia, Chepp, Valerie, «Intersectio-nality», Waylen, Georgina, Celis, Karen, Kantola, Johanna, Weldon, S. Laurel (eds.), The Oxford Handbook of Gender and Politics, Oxford University Press, New York, 2013, pp. 57-88. ). Aparecen dos concepciones del poder: una concepción dialéctica, que conecta la situación de reducción de recursos, entendida como situación de opresión, con la resistencia política; y una concepción estructural del poder, entendida como matriz de dominación (Hill Collins, 2002: 291Hill Collins, Patricia, Black Feminist Thought. Knowledge, Consciousness, and the Politics of Empowerment, Routledge, New York, 2002. ). Si bien la primera puede explicar cómo aparecen y se vinculan determinadas formas de conciencia con las reivindicaciones contra las situaciones de opresión y subordinación interseccional, la matriz de dominación permite explicar la concreta e histórica estabilización de una determinada correlación de poderes que genera una pluralidad de distribuciones diferenciales de recursos.

En consecuencia, Hill Collins distingue entre «matriz de dominio», «dominios de poder» y «comunidad». Por un lado, por matriz de dominio entiende las «interconexiones de sistemas particulares de poder» (Hill Collins, 2017: 24Hill Collins, Patricia, «The Difference That Power Makes: Intersectionality and Participatory Democracy», Investigaciones Feministas, 8:1 (2017), pp. 19-39. https://doi.org/10.5209/infe.54888 ). Se trata del análisis estructural y macro del entrelazamiento de los principales sistemas de poder como el capitalismo, el patriarcado, el racismo, el colonialismo, el imperialismo y la heteronormatividad, entre otros, que se incrustan históricamente en una realidad social, produciendo una «estructura estructurante» de distribución diferencial de recursos. En cada realidad social e histórica, la presencia y preeminencia de determinadas estructuras de poder varía. Por otro lado, por «dominios de poder», Hill Collins entiende el dispositivo heurístico que permite «analizar sistemas de poder de forma individual o combinada» (Hill Collins, 2017: 26Hill Collins, Patricia, «The Difference That Power Makes: Intersectionality and Participatory Democracy», Investigaciones Feministas, 8:1 (2017), pp. 19-39. https://doi.org/10.5209/infe.54888 ) en cuatro grandes niveles: como dominio estructural-institucional del poder, como dominio disciplinario, como dominio cultural y como dominio interpersonal. Un instrumento que examina cómo se concreta la matriz de dominio en una realidad social a través de diferentes instituciones sociales (hospitales, escuelas, sindicatos, empresas, bancos, etc.), las reglas que «disciplinan» el comportamiento de los individuos y grupos dentro de estas instituciones sociales, las instituciones que reproducen la hegemonía social de los sistemas de poder (universidades, medios de comunicación, instituciones religiosas, etc.) y el nivel de las experiencias cotidianas que vive la gente en las interacciones con otros individuos y grupos. Las categorías de matriz de dominio y dominios de poder, a excepción de los dominios de poder interpersonal, pretenden explicar la distribución diferencial y la interconexión entre privilegios y ventajas materiales y simbólicas que poseen determinados individuos y grupos frente a las subordinaciones y opresiones estructurales y relacionales que padecen determinados individuos y grupos sociales en su día a día.

En otro orden de cosas, la categoría de «comunidad» es el instrumento que vehicula Collins para teorizar la acción colectiva de los individuos y grupos situados en posición estructural de subordinación y opresión, asumiendo que: «las personas practican comportamientos de sumisión y resistencia a la jerarquía social en entornos comunitarios de ideas y prácticas compartidas y modeladas» (Hill Collins, 2017: 27Hill Collins, Patricia, «The Difference That Power Makes: Intersectionality and Participatory Democracy», Investigaciones Feministas, 8:1 (2017), pp. 19-39. https://doi.org/10.5209/infe.54888 ). Por comunidad entiende el hecho de compartir determinadas opresiones y subordinaciones, y cómo estas se pueden activar a través de la toma de consciencia en acciones de resistencia. No se trata de la comunidad como un agrupamiento esencial y a-histórico, sino como el hecho común de estar situados en un contexto de desigualdad, de subordinación y opresión similar4Al igual que Collins, las teóricas interseccionales se sitúan en oposición a los enfoques comunitaristas, románticos y de las políticas de la identidad cultural (Yuval-Davis, 2006:199; Hill Collins, Chepp, 2013: 62; Hill Collins, Bilge, 2017: 114; Romero, 2018: 36). La interseccionalidad apunta a la pluralidad de situaciones de opresión, subordinación y desigualdad que genera determinada combinación histórica de sistemas de poder. Exponen y denuncian la pluralidad de desigualdades y opresiones, pero no defienden una concepción celebratoria de la diversidad, esencialista y deshistorizada..

En la misma línea y desde Europa, el trabajo interseccional de N. Yuval-Davis, se ha centrado en denunciar la imposibilidad de separar los diferentes ejes de poder para entender las opresiones plurales experimentadas por individuos y grupos en una realidad social dada. En este sentido y para evitar confusiones, Yuval-Davis, apuesta por una concepción del enfoque interseccional basado en la interconexión, complejidad y fluidez de los diferentes ejes de poder como forma de abordar el análisis de la estructura social. Este enfoque sociológico y estructural insta a diferenciar entre la posición social de los individuos y grupos en la estructura social, la representación que hacen de ellos mismos, y los valores, prácticas y conocimientos situados que producen (Yuval-Davis, 2006: 200Yuval-Davis, Nira, «Intersectionality and Feminist Politics», European Journal of Women’s Studies, 13:2 (2006), pp.193-209.). Entre las divisiones sociales destacadas que posicionan de forma diferencial a los individuos y grupos en la estructura social cabe destacar la clase, el género, la etnia/raza, la capacidad, la edad, la ciudadanía, entre otras. La determinación del número de divisiones sociales no se puede hacer en abstracto y de forma genérica, sino que está condicionada por la situación, el contexto histórico y por las luchas, valores y resistencias (Yuval-Davis, 2006: 201-203Yuval-Davis, Nira, «Intersectionality and Feminist Politics», European Journal of Women’s Studies, 13:2 (2006), pp.193-209.).

En sus últimas aportaciones, Yuval-Davis insiste en su concepción de la interseccionalidad como estructura social (Yuval-Davis, 2015: 94Yuval-Davis, Nira, «Situated Intersectionality, Inequality and Bordering Processes», Raisons Politiques, 58 (2015), pp. 91-100. https://doi.org/10.3917/rai.058.0091 ), y mantiene la diferenciación entre la posición de los individuos en la red del poder socioeconómico, la experiencia y la identidad de pertenencia, y el sistema de valores normativos. Para ello, Yuval-Davis apuesta por lo que llama una «interseccionalidad situada», sensible a los cambios temporales y espaciales de los individuos y los grupos sociales. Introduce el concepto de «translocalidad», «transescalaridad» y «transtemporalidad», mostrando que los ejes de poder y su significado social varían tanto temporalmente como espacialmente; es decir, sea a escala global o a escala micro, como la familia. De esta manera, complejiza el enfoque interseccional, permitiendo observar cómo las fronteras locales, subestatales, estatales e internacionales producen y reproducen correlaciones de poder, representaciones y justificaciones, que legitiman o deslegitiman determinadas situaciones o actores frente a otros. La introducción de la translocalidad y transescalaridad en el análisis de la interseccionalidad situada permite analizar la emergencia de determinados «tipos de proyectos de pertenencia políticos» (Yuval-Davis, 2015: 98Yuval-Davis, Nira, «Situated Intersectionality, Inequality and Bordering Processes», Raisons Politiques, 58 (2015), pp. 91-100. https://doi.org/10.3917/rai.058.0091 ), que representan y legitiman privilegios, reforzando determinadas opresiones, y negando derechos y participación política a determinados individuos o grupos con base en representaciones y sistemas normativos como el racismo, el nacionalismo, la religión y el cosmopolitismo.

En definitiva, el enfoque interseccional de Hill Collins y Yuval-Davis, por un lado, capta la pluralidad de formas de opresión y subordinación que se dan de forma compleja, estructural y relacional, que nos permiten visibilizar los procesos objetivos de vulnerabilización y precarización social, al no poner al alcance de determinados individuos y grupos sociales los elementos institucionales necesarios para el sostenimiento de su vida de forma vivible, habitable y digna. Por otro lado, los trabajos de ambas autoras permiten analizar cómo los procesos de vulnerabilización o precarización son justificados y legitimados por determinadas instituciones, representaciones y proyectos normativos que tienen como objetivo la reproducción de determinadas relaciones de poder que habilitan determinadas ventajas y privilegios a unos, frente a otros. Por último, ambas autoras exponen los resortes que los individuos y grupos oprimidos producen (valores, representaciones, consciencia y conocimientos), como formas de resistencia frente a las opresiones y subordinaciones que experimentan en sus vidas diarias.

DE LAS DESIGUALDADES INTERSECCIONALES A LAS INJUSTICIAS INTERSECCIONALES

 

La dimensión ontológica y normativa que propone el punto de vista de la vulnerabilidad exige repensar la justicia en las coordenadas de la vulnerabilidad constitutiva y los diferentes procesos de vulnerabilización y precarización (Guerra, 2018: 363Guerra, María José,«Precariedad, vulnerabilidad y tarjetas sanitarias. Contra la bioética neoliberal», García Marzá, Domingo, Lozano Aguilar, José Félix, Martínez Navarro, Emilio, Siurana, Juan Carlos, Ética y Filosofía Política: Homenaje a Adela Cortina, Tecnos, Madrid, 2018, pp. 359-370.). Al convertirse la filosofía feminista en filosofía política feminista preocupada por la constitución institucional y estructural, se exige considerar de forma diferente el poder y la articulación de diferentes principios normativos, como la justicia, que permitan criticar públicamente los procesos de vulnerabilización y precarización, masivos y sistémicos. Dicha filosofía política feminista de la vulnerabilidad no puede aspirar a confeccionar una teoría abstracta, ahistórica, contractualista y distributiva de la justicia. Por el contrario, esta se relaciona más con el escuchar las demandas de los grupos dominados y oprimidos que experimentan la vulnerabilización y precarización. En este sentido, las críticas feministas a las teorías distributivas y neocontractualistas de la justicia iluminan los contornos de una nueva concepción de la justicia política y democrática. Ahora, «el camino no será qué es la justicia o una sociedad justa, sino cuáles son y cómo identificar las injusticias» (Agra, 2016: 124Agra, María Xosé, ¿Olvidar a Clitemnestra? Sobre justicia e igualdad, USC, Santiago de Compostela, 2016.). La preocupación por la estructura de distribución del poder social y la apertura a las reivindicaciones por parte de los grupos oprimidos redimensiona las preocupaciones de la justicia en la línea de su politización y democratización, e imprime un giro que las desplaza de las preocupaciones por la justicia a las diferentes voces que se alzan contra las injusticias.

En esta línea, el trabajo de algunas autoras como I. Marion Young (2000Young, Iris Marion, La justicia y la política de la diferencia, Cátedra, Madrid, 2000.; 2011)Young, Iris Marion, Responsabilidad por la justicia, Morata, Madrid, 2011., M. Nussbaum (2007)Nussbaum, Martha C., Las fronteras de la justicia. Consideraciones sobre la exclusión, Paidós, Barcelona, 2007., N. Fraser (2015)Fraser, Nancy, Fortunas del feminismo. Del capitalismo gestionado por el Estado a la crisis neoliberal, Traficantes de sueños, Madrid, 2015., N. Fraser, R. Jaeggi (2019)Fraser, Nancy, Jaeggi, Rahel, Capitalismo. Una conservación desde la teoría crítica, Morata, Madrid, 2019. y M. X. Agra (2013Agra, María Xosé, «Vulnerabilidad; injusticias y cuidados», Boladeras, Margarita, Bioética. Justicia y vulnerabilidad, Proteus, Barcelona, 2013, pp. 49-82.; 2016)Agra, María Xosé, ¿Olvidar a Clitemnestra? Sobre justicia e igualdad, USC, Santiago de Compostela, 2016. son claves. Por motivos de espacio apuntaremos algunas ideas fundamentales de I. Marion Young para examinar la justicia y la injusticia desde la perspectiva de la ontología social y política de la vulnerabilidad. Young constata la limitada concepción de la justicia social por parte de las teorías contemporáneas de la justicia, ya que se basan en una concepción distributiva. Al concebir la justicia como «la distribución moralmente correcta de beneficios y cargas» (Young, 2000: 33Young, Iris Marion, La justicia y la política de la diferencia, Cátedra, Madrid, 2000.), dejan sin problematizar las relaciones de poder que estructuran la sociedad (2000: 39Young, Iris Marion, La justicia y la política de la diferencia, Cátedra, Madrid, 2000.). Sostiene que el paradigma distributivo de la justicia produce una cosificación y objetivación de las relaciones sociales, asume una ontología individualista y posesiva, una concepción estática de las relaciones sociales, y produce una teoría abstracta y a-histórica de los principios normativos que constituyen una sociedad justa. Sin renunciar al concepto normativo de la justicia, por su potencial crítico-transformador (2000: 65Young, Iris Marion, La justicia y la política de la diferencia, Cátedra, Madrid, 2000.), Young apuesta por abordar de una forma diferente la justicia, centrándose en «la estructura y procedimientos de toma de decisiones, la división del trabajo y la cultura» (2000: 43Young, Iris Marion, La justicia y la política de la diferencia, Cátedra, Madrid, 2000.). Elabora una concepción política de la justicia, grupal, procesual, diacrónica, democrática y contextual, basada en principios morales (2000: 62Young, Iris Marion, La justicia y la política de la diferencia, Cátedra, Madrid, 2000.).

Young parte de una concepción amplia del poder y la política, relacionada con las condiciones institucionales que permiten una buena vida y aborda la dominación estructural. Una concepción no atomista, ni estática, ni posesiva del poder, sino una concepción relacional, procesual y estructural. Los principios morales sobre los que sustenta su concepción de la justicia son el igual valor de todos los seres humanos en el desarrollo de sus capacidades y en la capacidad de la autodeterminación de sus acciones (Young, 2000: 67Young, Iris Marion, La justicia y la política de la diferencia, Cátedra, Madrid, 2000.). No busca confeccionar principios universales y abstractos de la justicia, sino examinar cómo se articulan histórica y socialmente las condiciones institucionales para el igual valor de los seres humanos. Desde esta perspectiva, las preocupaciones por la justicia se desplazan hacia las formas de opresión y dominación estructural, entendidas como las principales formas de injusticia. Define la opresión como «procesos institucionales sistemáticos que impiden a alguna gente aprender y usar habilidades satisfactorias y expansivas en medios socialmente reconocido» mientras que la dominación «consiste en la presencia de condiciones institucionales que impiden a la gente participar en la determinación de sus acciones o de las condiciones de sus acciones» (Young, 2000: 68Young, Iris Marion, La justicia y la política de la diferencia, Cátedra, Madrid, 2000.). Si la justicia trata de estructuras institucionalizadas basadas en el criterio moral del igual valor de los seres humanos, entendidos como igual desarrollo e igual capacidad de determinar la propia acción, las dos formas de injusticia se centran en socavar la capacidad de autodesarrollo, en el caso de la opresión, y de la autodeterminación, en el caso de la dominación.

El desplazamiento de la justicia a la injusticia estructural conduce a Young a la elaboración de una teoría sistemática de la opresión estructural que sufren determinados grupos sociales. Los grupos sociales se definen por «estar esencialmente entrelazados con la identidad» (Young, 2000: 77Young, Iris Marion, La justicia y la política de la diferencia, Cátedra, Madrid, 2000.). En este sentido, expondrá los cinco tipos de opresiones: explotación, marginación, carencia de poder, imperialismo cultural y violencia estructural (2000: 86-110Young, Iris Marion, La justicia y la política de la diferencia, Cátedra, Madrid, 2000.). Frente a estas opresiones estructurales, entendidas como injusticias, Young defenderá una «política emancipatoria que afirme la diferencia de grupo […] para promover la justicia social, las políticas sociales deberían acordar a veces un tratamiento especial a los grupos» (2000: 266Young, Iris Marion, La justicia y la política de la diferencia, Cátedra, Madrid, 2000.).

Siguiendo esta misma preocupación por las injusticias estructurales entendidas como opresiones y dominaciones, en su obra póstuma, reaparece el concepto de estructura social como el «conjunto de condiciones de origen social que posicionan a un gran número de personas en lugares similares» (Young, 2011: 40Young, Iris Marion, Responsabilidad por la justicia, Morata, Madrid, 2011.). Las relaciones sociales e institucionales posicionan a determinados individuos y grupos en situaciones y posiciones que no son elegidas, pero que se derivan de la organización institucional. Esta situación de individuos o grupos en una posición de vulnerabilidad es entendida como injusticia. «La injusticia en este sentido concierne […] al modo en que conspiran las leyes institucionales y las interacciones sociales para limitar las opciones de muchas personas» (Young, 2011: 54Young, Iris Marion, Responsabilidad por la justicia, Morata, Madrid, 2011.). Así, podemos leer las posiciones y situaciones de vulnerabilización o de precarización, entendidas como formas de opresión y dominación, como producto de la estructura institucional, y como tales son injusticias.

En este punto, y de forma ilustrativa, Young muestra el caso de Sandy, madre soltera y trabajadora que ha de buscar una solución habitacional. Este caso ilustra lo que Young llama injusticia estructural:

… cuando los procesos sociales sitúan a grandes grupos de personas bajo la amenaza sistemática del abuso o de la privación de los medios necesarios para desarrollar y ejercitar sus capacidades, al mismo tiempo que estos procesos capacitan a otros para abusar y tener un amplio espectro de oportunidades para desarrollar y ejercitar capacidades a su alcance (Young, 2011: 69Young, Iris Marion, Responsabilidad por la justicia, Morata, Madrid, 2011.).

La situación y posición de poder de Sandy no es fruto de una decisión personal errónea, ni de la acción mal intencionada de determinados individuos5Aunque aquí, según Young, aparece la cuestión de repensar la responsabilidad y la culpa., sino que es fruto de la estructura institucional que produce «consecuencias no intencionales», situando a determinados individuos y grupos sociales en posiciones de opresión y dominación frente a otros individuos y grupos sociales que consolidan y reproducen su privilegio. En este sentido, la estructura institucional genera procesos de vulnerabilización al privar y limitar la capacidad de desarrollo y determinación de la propia acción a determinados grupos e individuos. Young califica de estructural esta injusticia, porque quiere resaltar la dimensión relacional e institucional de la posición y situación de determinados grupos e individuos frente a otros grupos e individuos (Young, 2011: 87-88Young, Iris Marion, Responsabilidad por la justicia, Morata, Madrid, 2011.).

La apuesta por una concepción política, democrática y contextual de la justicia de Young, el desplazamiento de la preocupación por la justicia a las injusticias, su teorización y sistematización de la opresión y dominación como injusticia y la formulación de las injusticias estructurales, constituyen un trabajo imprescindible para los lineamientos de una filosofía política feminista de la vulnerabilidad. En este sentido, estamos de acuerdo con Young en la necesidad de hacer coextensivo el concepto de justicia y política democrática, identificando esta como los arreglos institucionales que garantizan el igual valor de los individuos a partir de procesos de autonomización. Identificamos los procesos de vulnerabilización y de precarización inducidos socialmente como formas institucionales de opresión y dominio. Ahora bien, y a diferencia de Young, el enfoque interseccional introducido apunta a la necesidad de caracterizar estos no tanto como injusticias estructurales, sino como desigualdades estructurales e interseccionales; en tanto que son producto del entrelazamiento institucional de diferentes ejes de poder socialmente establecidos. La incorporación del enfoque interseccional muestra las diferentes aristas de las situaciones de vulnerabilidad y precaridad inducida social y políticamente, como el caso de Sandy, donde aparecen los entrelazamientos de los diferentes sistemas de poder como la clase, el género, el estado civil, etc. Enfoque al que se acerca Young en sus últimos trabajos6Se observa un giro importante en la forma de tematizar los grupos sociales, desde la obra de La Justicia y la política de la diferencia, a la obra póstuma, la Responsabilidad por la justicia (Agra, 2016: 143)..

Siguiendo a Fraser, Yuval-Davis y Hill Collins, y matizando a Young, proponemos diferenciar entre la posición opresiva y la toma de consciencia de esta posición opresiva, que se representa y valora por los individuos o grupos oprimidos como una situación de injusticia frente a los que reciben privilegios (Fraser, Jaeggi, 2019: 134-139Fraser, Nancy, Jaeggi, Rahel, Capitalismo. Una conservación desde la teoría crítica, Morata, Madrid, 2019.). Por ello, diferenciamos entre desigualdades interseccionales (complejas, relacionales y producto del entrelazamiento de diferentes ejes de poder) e injusticias interseccionales. Estas aparecen cuando se vincula la posición de opresión y dominación estructurales con determinados marcos institucionales y valores normativos, como la igual consideración de los seres humanos como sujetos vulnerables necesitados de soportes institucionales de cuidado. Es decir, las desigualdades interseccionales que producen procesos de vulnerabilización y precarización se convierten en injusticias interseccionales cuando los agentes, individuos y grupos, correlacionan su posición de opresión con la crítica a la estructura institucional que produce esta situación de opresión o vulnerabilidad inducida, a partir de determinadas representaciones, valores, conocimientos y experiencias (Yuval-Davis, 2015: 98Yuval-Davis, Nira, «Situated Intersectionality, Inequality and Bordering Processes», Raisons Politiques, 58 (2015), pp. 91-100. https://doi.org/10.3917/rai.058.0091 ; Hill Collins, 2017: 27Hill Collins, Patricia, «The Difference That Power Makes: Intersectionality and Participatory Democracy», Investigaciones Feministas, 8:1 (2017), pp. 19-39. https://doi.org/10.5209/infe.54888 ). En la línea de una teoría crítica de la opresión y la precarización proponemos diferenciar entre la posición estructural y el sentido o consciencia del daño o mal que activa políticamente determinado agente al conectar esta posición con la estructura política institucional (McAfee, Howard, 2018McAfee, Noëlle, Katie B. Howard, «Feminist Political Philosophy», Edward N. Zalta (ed.), The Stanford Encyclopedia of Philosophy, Stanford University, California, 2018, https://plato.stanford.edu/archives/win2018/entries/feminism-political/ ). Siguiendo a Yuval Davis y a Hill Collins, y en la estela de la teoría crítica, diferenciamos entre posiciones objetivas y consciencia, conocimiento y valores que generan el hecho de compartir una situación de desigualdad interseccional, que puede producir la articulación de un movimiento de contestación y reivindicación política emancipadora. Movimientos que se estructuran en torno a la toma de consciencia de la relación entre una posición de opresión y un determinado orden político institucional, mediatizado por unos principios y valores normativos igualitarios; movimientos que construyen políticamente las posiciones de desigualdad interseccional en demandas contra las injusticias interseccionales.

A MODO DE CONCLUSIÓN: NOTAS PARA UNA FILOSOFÍA POLÍTICA FEMINISTA

 

En definitiva, la ontología social y política de la vulnerabilidad, la distinción entre vulnerabilidad constitutiva y la inducida social y políticamente, el análisis interseccional de los procesos de vulnerabilización, y la identificación de dichos procesos como procesos de desigualdades e injusticias interseccionales, ponen las bases para una filosofía política feminista, que siguiendo a L. Bernini (2018)Bernini, Lorenzo, Las teorías queer. Una introducción, Egales, Barcelona, 2018., podríamos calificar de una filosofía política crítica. Una filosofía política feminista crítica que se funda y sustenta sobre una concepción amplia y heterodoxa del poder social (no limitada al poder instituido), cuya función no es proponer un orden social institucional alternativo sino criticar las desigualdades e injusticias interseccionales. Propone una mirada situacional y contextual desde la perspectiva de los oprimidos o vulnerabilizados sin pretensiones de generar una filosofía política desde la perspectiva de observador objetivo y omnisciente, y que toma posición por las representaciones, valores y conocimientos de los oprimidos.

Al describir las teorías queer como filosofías políticas críticas, Bernini señala que como:

… “ontología de la actualidad”: no pretenden resolver cuestiones universales y regular una humanidad entendida en abstracto […], sino que plantean problemas a partir de un posicionamiento preciso en el tiempo y en el espacio al que pertenece la filosofía o el filósofo, sin aspiraciones a la totalidad (Bernini, 2018: 46Bernini, Lorenzo, Las teorías queer. Una introducción, Egales, Barcelona, 2018.).

Características que comparte con la propuesta señalada aquí de una filosofía política feminista de la vulnerabilidad. Una filosofía política crítica y feminista que considera la condición humana vulnerable, apuesta por el igual valor de los sujetos vulnerables, la necesidad de su sostenimiento institucional, además de criticar las desigualdades interseccionales entendidas como injusticias interseccionales; es decir como procesos de vulnerabilización y precaridad inducidos social y políticamente por la estructura política institucional que se consideran normativamente criticables. En este sentido, el punto de vista basado en la ontología social y política de la vulnerabilidad puede constituir una sólida y prometedora base para desarrollar una filosofía política feminista crítica.

NOTAS

 
*

Esta investigación ha contado con el apoyo del proyecto Esfera Pública y Sujetos Emergentes (FFI2016-75603-R, AEI/FEDER, UE). Agradezco el fértil diálogo con M. Xosé Agra Romero sobre la vulnerabilidad y la articulación de una filosofía política feminista.

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En este artículo tomamos como sinónimos teoría política feminista y filosofía política feminista, siendo conscientes que entre las dos tradiciones pueden identificarse semejanzas y diferencias (Dietz, Olivares, 2005Dietz, Mary G., Olivares Mansuy, Cecilia «Las discusiones actuales de la teoría feminista», Debate Feminista, 32 (2005), pp. 177-222. https://doi.org/10.22201/cieg.2594066xe.2005.32.1229 ; Agra, 2012Agra, María Xosé, «El feminismo y/en la filosofía política», Revista Laguna, 30 (2012), pp. 31-45. ; McAfee, Howard, 2018McAfee, Noëlle, Katie B. Howard, «Feminist Political Philosophy», Edward N. Zalta (ed.), The Stanford Encyclopedia of Philosophy, Stanford University, California, 2018, https://plato.stanford.edu/archives/win2018/entries/feminism-political/ ; Mansbridge, Okin, 2019Mansbridge, Jane, Okin, Susan S., Feminismo. Breve introducción a una ideología política, Página Indómita, Barcelona, 2019.). Utilizaremos la denominación «filosofía política feminista» para caracterizar nuestra aportación. La huelga feminista internacional ha reintroducido como problemas políticos: la creación de la unidad/solidaridad desde la pluralidad de posiciones y demandas de las mujeres y la transformación del sistema socio-productivo neoliberal (Manifiesto 8M- hacia la huelga feminista, 2018Manifiesto 8M- hacia la huelga feminista, 2018 [en línea] España. [Consultado: 24 de diciembre 2019 en http://hacialahuelgafeminista.org/manifiesto-8m].).

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Lisa Disch y Mary Hawkesworth defienden la relación constitutiva entre teoría y activismo feminista: «la teoría feminista se concibe más fructíferamente como un proyecto multifacético y “multisituado” que como un campo acotado. El feminismo no existiría como un esfuerzo teórico sin las luchas políticas por el empoderamiento de las mujeres que han surgido en todas las regiones del mundo […]. Las teorías feministas surgen en conjunción con el activismo feminista y las prácticas académicas, buscando iluminar las barreras y limitaciones que circunscriben las vidas de las mujeres, explicar su dinámica y persistencia e identificar mecanismos para el cambio» (2016: 1-2Disch, Lisa, Hawkesworth, Mary (Ed.), The Oxford Handbook of Feminist Theory, Oxford University Press, New York, 2016.).

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Se señalan sin pretensiones de exhaustividad tres de las vías actuales que ha seguido la filosofía política feminista.

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Al igual que Collins, las teóricas interseccionales se sitúan en oposición a los enfoques comunitaristas, románticos y de las políticas de la identidad cultural (Yuval-Davis, 2006:199Yuval-Davis, Nira, «Intersectionality and Feminist Politics», European Journal of Women’s Studies, 13:2 (2006), pp.193-209.; Hill Collins, Chepp, 2013: 62Hill Collins, Patricia, Chepp, Valerie, «Intersectio-nality», Waylen, Georgina, Celis, Karen, Kantola, Johanna, Weldon, S. Laurel (eds.), The Oxford Handbook of Gender and Politics, Oxford University Press, New York, 2013, pp. 57-88. ; Hill Collins, Bilge, 2017: 114Hill Collins, Patricia, Bilge, Sirma, Intersectionality, Polity Press, Cambridge, 2017.; Romero, 2018: 36Romero, Mary, Introducing Intersecctionalioty, Polity Press, Cambridge, 2018.). La interseccionalidad apunta a la pluralidad de situaciones de opresión, subordinación y desigualdad que genera determinada combinación histórica de sistemas de poder. Exponen y denuncian la pluralidad de desigualdades y opresiones, pero no defienden una concepción celebratoria de la diversidad, esencialista y deshistorizada.

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Aunque aquí, según Young, aparece la cuestión de repensar la responsabilidad y la culpa.

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Se observa un giro importante en la forma de tematizar los grupos sociales, desde la obra de La Justicia y la política de la diferencia, a la obra póstuma, la Responsabilidad por la justicia (Agra, 2016: 143Agra, María Xosé, ¿Olvidar a Clitemnestra? Sobre justicia e igualdad, USC, Santiago de Compostela, 2016.).

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