<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<!DOCTYPE article PUBLIC "-//NLM//DTD JATS (Z39.96) Journal Publishing DTD with OASIS Tables with MathML3 v1.1 20151215//EN" "JATS-journalpublishing-oasis-article1-mathml3.dtd">
<article article-type="other" dtd-version="1.1" xml:lang="es" xmlns:ali="http://www.niso.org/schemas/ali/1.0/" xmlns:mml="http://www.w3.org/1998/Math/MathML" xmlns:xlink="http://www.w3.org/1999/xlink" xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance">
	<front>
		<journal-meta>
			<journal-id journal-id-type="publisher-id">ISEG</journal-id>
			<journal-title-group>
				<journal-title>Isegor&#xed;a</journal-title>
				<abbrev-journal-title abbrev-type="publisher">Isegor&#xed;a</abbrev-journal-title>
			</journal-title-group>
			<issn publication-format="print">1130-2097</issn>
			<issn publication-format="electronic">1988-8376</issn>
			<issn-l>1130-2097</issn-l>
			<publisher>
				<publisher-name>Consejo Superior de Investigaciones Cient&#xed;ficas</publisher-name>
			</publisher>
		</journal-meta>
		<article-meta>
			<article-id pub-id-type="publisher-id">isegoria.2022.66.10</article-id>
			<article-id pub-id-type="doi">10.3989/isegoria.2022.66.10</article-id>
			<article-categories>
				<subj-group subj-group-type="heading">
					<subject>Presentaci&#xf3;n</subject>
				</subj-group>
				<subj-group subj-group-type="category-toc-heading">
					<subject>BIENES COMUNES / COMMON GOODS</subject>
				</subj-group>
			</article-categories>
			<title-group>
				<article-title>Los bienes comunes en la encrucijada ciudadana. Perspectivas &#xe9;ticas, pol&#xed;ticas y jur&#xed;dicas<xref ref-type="fn" rid="fn0">
						<sup>*</sup>
					</xref>
				</article-title>
				<trans-title-group xml:lang="en">
					<trans-title>Common goods at the citizen crossroads. Ethical, political and legal perspectives</trans-title>
				</trans-title-group>
			</title-group>
			<contrib-group>
				<contrib contrib-type="author">
					<contrib-id contrib-id-type="orcid">https://orcid.org/0000-0002-5483-7346</contrib-id>
					<name>
						<surname>Cueva Fern&#xe1;ndez</surname>
						<given-names>Ricardo</given-names>
					</name>
					<aff id="aff1"><institution>Universidad Aut&#xf3;noma de Madrid</institution></aff>
				</contrib>
				<contrib contrib-type="author">
					<contrib-id contrib-id-type="orcid">https://orcid.org/0000-0003-2629-4652</contrib-id>
					<name>
						<surname>Lloredo Alix</surname>
						<given-names>Luis</given-names>
					</name>
					<aff id="aff2"><institution>Universidad Aut&#xf3;noma de Madrid</institution></aff>
				</contrib>
			</contrib-group>
			<pub-date pub-type="epub">
				<day>05</day>
				<month>06</month>
				<year>2022</year>
			</pub-date>
			<pub-date pub-type="collection">
				<month>06</month>
				<year>2022</year>
			</pub-date>
			<volume content-type="empty"/>
			<issue>66</issue>
			<elocation-id>e10</elocation-id>
			<permissions>
				<copyright-statement>&#xa9; 2022 CSIC</copyright-statement>
				<copyright-year>2022</copyright-year>
				<license license-type="open-access" xlink:href="https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/">
					<license-p>Este es un art&#xed;culo de acceso abierto distribuido bajo los t&#xe9;rminos de la licencia de uso y distribuci&#xf3;n Creative Commons Reconocimiento 4.0 Internacional (CC BY 4.0).</license-p>
				</license>
			</permissions>
			<self-uri xlink:href="http://isegoria.revistas.csic.es/index.php/isegoria/article/view/XXXX/XXXX"/>
			<counts>
				<fig-count count="0"/>
				<table-count count="0"/>
				<equation-count count="0"/>
				<ref-count count="0"/>
				<page-count count="4"/>
			</counts>
		</article-meta>
	</front>
	<body>
		<p> El presente dossier monogr&#xe1;fico de la revista <italic>Isegor&#xed;a</italic> est&#xe1; dedicado a los bienes comunes. La noci&#xf3;n ha sido asumida por numerosos estudiosos, investigadores, acad&#xe9;micos e incluso activistas pol&#xed;ticos, y ha cobrado cierta importancia en los &#xfa;ltimos a&#xf1;os, impulsada por desaf&#xed;os y r&#xe9;moras, retrocesos e innovaciones. En esta compilaci&#xf3;n no quedar&#xe1;n resueltos los numerosos interrogantes que la denominaci&#xf3;n comporta, y menos a&#xfa;n va a quedar satisfecho quien busque recetas espec&#xed;ficas para metodolog&#xed;as e indagaciones. La categor&#xed;a suministrada puede ser fuente de equ&#xed;vocos, de exploraciones errabundas e inagotables, de angostas discusiones m&#xe1;s o menos est&#xe9;riles, o bien caballo de batalla pol&#xed;tico sin metas muy claras y espejo de diversos fracasos pr&#xe1;cticos o de resultados m&#xe1;s mediocres de los previstos, pero tambi&#xe9;n de programas emancipatorios, de modos de convivencia alternativos, del replanteamiento de dualidades a veces esclerotizadas -p&#xfa;blico/privado, Estado/mercado-, de reconsideraciones destacables sobre el concepto jur&#xed;dico de &#x201c;propiedad&#x201d;, acerca de lo que comparten los seres humanos y de lo que fundamenta su futuro.</p>
		<p> &#x201c;Bien com&#xfa;n&#x201d; fue la denominaci&#xf3;n empleada desde anta&#xf1;o para designar algo fundamental en la existencia social humana, la esperanza y el compromiso a trav&#xe9;s de las generaciones y en la <italic>polis</italic>. Despu&#xe9;s vino a quedar un tanto diluida por la aparici&#xf3;n de las teor&#xed;as contractualistas. El bien com&#xfa;n aparec&#xed;a entonces, sobre todo a partir de Hobbes, pero tambi&#xe9;n con autores como Locke o Rousseau, como resultado de la deriva de numerosas individualidades convergentes en un mismo instante y lugar. En este sentido, daba igual que se tratase de un convenio hipot&#xe9;tico o de otro que contara con soporte real en el tiempo. El contrato social pasaba a ser objeto de cualquier construcci&#xf3;n pol&#xed;tica que quisiera abandonar definitivamente el pasado y adentrarse en la esfera de una nueva <italic>realidad</italic> algo m&#xe1;s inh&#xf3;spita por menos sacralizada, secular y renuente a lo colectivo. Ni siquiera Rousseau puede camuflar esta modificaci&#xf3;n con su apelaci&#xf3;n a la democracia.</p>
		<p> La introducci&#xf3;n, por el contrario, de los &#x201c;bienes comunes&#x201d;, en plural, en el discurso pol&#xed;tico y filos&#xf3;fico, es bastante m&#xe1;s tard&#xed;a. Lo &#x201c;com&#xfa;n&#x201d; es casi veterotestamentario. Cualquiera puede recordar los <italic>Di&#xe1;logos</italic> de Plat&#xf3;n o los excursos de Tom&#xe1;s de Aquino. &#x201c;Bien com&#xfa;n&#x201d; tiene antiqu&#xed;sima procedencia y se halla muy bien consolidado en la literatura al uso, frente a esta otra expresi&#xf3;n, la de &#x201c;bienes comunes&#x201d;, cuyos antecedentes m&#xe1;s conocidos han sido m&#xe1;s recientes, y entre los que resultan m&#xe1;s destacables, como pioneros, los an&#xe1;lisis de G. Hardin (1968) y E. Ostrom (1990), a los que debe a&#xf1;adirse un rico fil&#xf3;n de literatura que, partiendo de un marxismo cr&#xed;tico con el estatalismo, y enriquecido con perspectivas postcoloniales (S. Federici, G. Caffentzis, M. De Angelis), lleva varias d&#xe9;cadas trabajando sobre el concepto y sus decantaciones en el terreno de la praxis. Sin olvidar, por supuesto, la a&#xf1;eja noci&#xf3;n de bienes comunales, que persiste a duras penas en algunos sectores del derecho y que tiene puntos de intersecci&#xf3;n notables con el proyecto pol&#xed;tico de los bienes comunes. En medio de todo ello, y como fuente de interrogantes a&#xf1;adidos, surge la pregunta de por qu&#xe9; habr&#xed;a que hablar de bienes comunes precisamente en plural y que eso fuera una ventaja respecto a la antigua denominaci&#xf3;n. La tendencia m&#xe1;s habitual entre quienes se han ocupado del tema, tanto desde la filosof&#xed;a como desde el activismo, es la de subrayar el car&#xe1;cter novedoso de los bienes comunes, en tanto que se tratar&#xed;a de sistemas sociales enraizados en pr&#xe1;cticas concretas -una <italic>comunidad</italic>, un <italic>bien</italic> concreto y un <italic>procedimiento</italic> democr&#xe1;tico de organizaci&#xf3;n-, y no una mera idea regulativa, que es a lo que m&#xe1;s bien apunta la idea del bien com&#xfa;n. </p>
		<p> De buena parte de estos problemas, preguntas y transacciones, da cuenta el dossier que aqu&#xed; presentamos, y justo es delinear ahora algunas de sus principales inquietudes, siquiera sea someramente.</p>
		<p> El art&#xed;culo de Javier Zamora Garc&#xed;a y Daniel P&#xe9;rez Fern&#xe1;ndez sirve perfectamente para encabezar la lectura de esta secci&#xf3;n del n&#xfa;mero 66 de <italic>Isegor&#xed;a</italic>. Si bien otros autores del volumen tambi&#xe9;n se adentran en el terreno conceptual, los dos investigadores de la UAM ofrecen un riguroso mapa sobre los bienes comunes, y no solo en un sentido etimol&#xf3;gico, sino tambi&#xe9;n en un quehacer pol&#xed;tico que los ha abanderado en los &#xfa;ltimos a&#xf1;os. Por supuesto, Ostrom es citada con cierta profusi&#xf3;n, pero tambi&#xe9;n D. Bollier y Y. Benkler, por abordar un campo, el de los comunes digitales, que la autora estadounidense y Premio Nobel de Econom&#xed;a s&#xf3;lo pudo abordar de forma embrionaria. El colectivo <italic>Midnight Notes</italic>, encabezado por personalidades como P. Linebaugh (disc&#xed;pulo de E. P. Thompson y que ha llevado hasta sus confines los postulados de su mentor) y S. Federici (conocida principalmente por su <italic>Calib&#xe1;n y la Bruja</italic>, del 2004, que abre toda una cr&#xed;tica feminista de car&#xe1;cter abiertamente pol&#xe9;mico) tambi&#xe9;n es examinado en sus pretensiones y propuestas. El concepto de <italic>commoning</italic> se desliza, entonces, como un t&#xe9;rmino que sirve para describir con mayor exactitud que es &#xab;ese hacer en com&#xfa;n lo que dispone de capacidad transformadora&#xbb; (cit. del propio Linebaugh). La actividad referida &#xab;no sirve solo para gestionar los bienes, sino para crear y producir la propia comunidad que los alberga&#xbb;, pues &#xab;los comunes abarcan una producci&#xf3;n social determinada (<italic>commonwealth</italic>), una comunidad (<italic>community</italic>) compuesta de miembros (<italic>commoners</italic>) y una serie de actividades y relaciones sociales (<italic>commoning</italic>)&#xbb; (cit. de De Angelis). Tal es el punto de partida del &#x201c;neomarxismo&#x201d; que Zamora y P&#xe9;rez pasan a diseccionar en las siguientes p&#xe1;ginas, con provecho para averiguar las concomitancias anticapitalistas de dicha posici&#xf3;n.</p>
		<p> Las investigadoras Eva Palomo Cerme&#xf1;o y Mar&#xed;a Avila Bravo-Villasante, prosiguiendo con el examen de corrientes cr&#xed;ticas del estado de cosas actual, repasan, precisamente, las exposiciones precursoras de E. P. Thompson, as&#xed; como la &#x201c;acumulaci&#xf3;n por desposesi&#xf3;n&#x201d; de D. Harvey, pero tambi&#xe9;n las creadas por el socialismo ut&#xf3;pico de hace dos centurias, y se muestran partidarias del enfoque de R. Esposito sobre la etimolog&#xed;a de la <italic>communitas</italic>, en tanto que &#xab;carga compartida por todas las personas que forman parte de una comunidad&#xbb;. Ante la &#xab;mirada androc&#xe9;ntrica que invisibiliza la posibilidad de otras experiencias sociales y pol&#xed;ticas&#xbb;, las autoras finalizan su art&#xed;culo declar&#xe1;ndose cercanas a la &#xab;econom&#xed;a pol&#xed;tica feminista&#xbb;, y ello sin dejar de plantearse una pregunta de cierto calado: &#xab;&#xbf;excluyen los modelos de autogesti&#xf3;n la existencia de un modelo de gesti&#xf3;n estatal?&#xbb;, un interrogante que planea de forma continua en todos los art&#xed;culos compilados, y que es uno de los grandes caballos de batalla del proyecto pol&#xed;tico de los comunes.</p>
		<p> Manuel Men&#xe9;ndez Alzamora, el siguiente autor de nuestro n&#xfa;mero, se centra en la aproximaci&#xf3;n de B. Honig sobre las &#x201c;cosas p&#xfa;blicas&#x201d;, en un texto repleto de sugerencias y una bibliograf&#xed;a amplia y variada, apostando por un <italic>new materialism</italic> que &#xe9;l denomina &#x201c;animismo revisitado&#x201d;.</p>
		<p> Irene Ortiz Gala contin&#xfa;a con la profundizaci&#xf3;n en el recorrido intelectual de R. Esposito, aunque rondando tambi&#xe9;n los recovecos de los escritos de Agamben, a quien percibe como cercano en sus preocupaciones, con lo cual agrupa a ambos bajo la etiqueta de <italic>Italian thought</italic>: esta pretensi&#xf3;n no parece en absoluto fuera de lugar, si consideramos el inter&#xe9;s que ha despertado y mantiene nuestro tema entre los c&#xed;rculos acad&#xe9;micos y pol&#xed;ticos de dicho pa&#xed;s cercano (S. Rodot&#xe1;, U. Mattei). E introduce otra pregunta de nuevo pertinente: &#xab;en un tipo de comunidad como la propuesta por Esposito y por Agamben, que reh&#xfa;ye de la noci&#xf3;n de propiedad para fundamentar su constituci&#xf3;n, &#xbf;qu&#xe9; tipo de relaci&#xf3;n pueden tener los individuos con los bienes que existen en la comunidad? &#xbf;Qu&#xe9; estatus ocupa la propiedad en este marco?&#xbb;. Las conclusiones de la autora, tras examinar la pol&#xe9;mica franciscana del siglo XIV, son evidentes:&#xab;es necesario recordar la incapacidad de los bienes comunes para ser apropiados [ &#x2026;] hay cuidados que, efectivamente, no pueden entenderse desde su capacidad apropiativa, como el medioambiente o el bienestar de las generaciones futuras&#xbb;. De lo que cabr&#xed;a desprender, quiz&#xe1;s, que no sea adecuado que los comunes pasen necesariamente por un reconocimiento jur&#xed;dico.</p>
		<p> Bel&#xe9;n Liedo recoge justamente esa alusi&#xf3;n a los cuidados (ya avanzada en el texto de Palomo y Bravo-Villasante). &#xab;El Estado moderno no es un ente ajeno a las configuraciones de g&#xe9;nero, sino que participa de la ideolog&#xed;a de varios de los pilares de las sociedades patriarcales, a saber, el pacto entre varones y la separaci&#xf3;n entre espacio p&#xfa;blico y espacio privado&#xbb;, citando a Pateman, puesto que lo que podr&#xed;a denominarse como &#xab;trabajo reproductivo&#xbb;, &#xab;se sit&#xfa;a originalmente fuera de la esfera de lo productivo, invisibilizado y carente de valor monetario o de prestigio&#xbb;. Dado que el cuidado es &#xab;una forma de relaci&#xf3;n &#xe9;tica con el mundo que parte de las relaciones y v&#xed;nculos afectivos, la atenci&#xf3;n a las emociones y la asunci&#xf3;n de responsabilidades como respuesta a las necesidades ajenas&#xbb;, urge superar el paradigma citado con el &#xab;proyecto econ&#xf3;mico y pol&#xed;tico de los comunes&#xbb;. &#xab;El cuidado ser&#xed;a aquello que hacemos para salvar la distancia que existe entre nuestra imperfecci&#xf3;n y el estado de cosas necesario para mantener una vida de calidad&#xbb;, mientras que &#xab;el neoliberalismo tratar&#xed;a de instaurar la l&#xf3;gica de la competencia en todas las esferas de relaci&#xf3;n humana; frente a ello, la alternativa de los comunes aboga por un fortalecimiento de las redes de cooperaci&#xf3;n y colaboraci&#xf3;n&#xbb;. Liedo, a continuaci&#xf3;n, se aleja de los planteamientos de la c&#xe9;lebre S. Federici, por reificar &#xab;los comunes como los bienes propios de la sociedad premoderna&#xbb;, lo cual podr&#xed;a derivar en una &#xab;tentaci&#xf3;n reaccionaria&#xbb;.</p>
		<p> Miguel Le&#xf3;n P&#xe9;rez redacta un trabajo, por su parte, que se aparta un tanto de los temas predominantes en el dossier. Sin dejar de anudar su texto al tema de los comunes, lo hace desde una vertiente insospechada: el estudio minucioso de los textos de Hobbes, como posible llave para reinterpretar su acepci&#xf3;n propietaria y hallar salidas innovadoras a los atolladeros l&#xf3;gicos que el fil&#xf3;sofo ingl&#xe9;s pareci&#xf3; introducir en la Historia del pensamiento pol&#xed;tico.</p>
		<p> Carmen Madorr&#xe1;n y Ram&#xf3;n Del Buey prosiguen haciendo un an&#xe1;lisis tambi&#xe9;n pol&#xed;tico, pero en este caso desde una perspectiva m&#xe1;s abstracta y menos apegada a un autor espec&#xed;fico, aunque mencionen a numerosos y destacados, aunque dispares, intelectuales de la filosof&#xed;a pol&#xed;tica (Hardt y Negri, Habermas, J. Cohen, etc.). Su texto sumerge el trazo en la deliberaci&#xf3;n como aspecto indisoluble del proceso democr&#xe1;tico y que supone compartir una serie de elementos para conformar un com&#xfa;n al objeto de tomar decisiones colectivas. Sus conclusiones apuntan a &#xab;una autonom&#xed;a relacional de los sujetos frente a una autonom&#xed;a pol&#xed;tica de los representantes, y una inclusividad constituyente e igualitaria frente a una representatividad asim&#xe9;trica&#xbb;, as&#xed; como a &#xab;salvaguardar los canales de comunicaci&#xf3;n pol&#xed;tica de su identificaci&#xf3;n con intereses privados o estatales&#xbb;, y &#xab;la necesaria ampliaci&#xf3;n del &#xe1;mbito de aquello que puede discutirse y decidirse democr&#xe1;ticamente, se&#xf1;alando la esfera del trabajo, tanto remunerado como no remunerado, como el espacio id&#xf3;neo por el que comenzar&#xbb;.</p>
		<p> Javier Gracia y Maximiliano Reyes se acercan mucho a la concepci&#xf3;n de la comunidad expuesta por Charles Taylor. As&#xed; las cosas, les resulta obligado detenerse, antes de entrar a examinar con mayor profundidad los bienes comunes en plural, en lo que deber&#xed;a entenderse verdaderamente por &#x201c;bien com&#xfa;n&#x201d;. Tal prop&#xf3;sito se vincular&#xed;a por a&#xf1;adidura claramente con la b&#xfa;squeda de &#xab;un modelo de econom&#xed;a sostenible&#xbb;. Lo com&#xfa;n es &#xab;algo irreductible&#xbb;, por &#xab;no descomponible en t&#xe9;rminos individuales&#xbb;, siguiendo al prestigioso profesor canadiense, y es muy distinto del &#x201c;bien p&#xfa;blico&#x201d;, aun cuando en ambos casos &#xab;se trata de bienes que no generan rivalidad entre aquellos que se benefician de ellos, como s&#xed; ocurrir&#xed;a con los bienes privados&#xbb;. En definitiva, seg&#xfa;n estos autores, &#xab;en el caso del bien com&#xfa;n no se trata solo de no rivalizar para alcanzarlo sino de que &#xe9;l mismo necesita de la acci&#xf3;n com&#xfa;n para llegar a producirse&#xbb;.</p>
		<p> Por &#xfa;ltimo, el profesor de la Universidad de C&#xf3;rdoba, Rafael Cejudo, introduce una serie de aproximaciones, en buena parte afines a la filosof&#xed;a del Derecho, que vienen a enmarcarse en la noci&#xf3;n de &#x201c;bienes comunes inmateriales&#x201d;. Si en un sentido antropol&#xf3;gico &#xab;cultura se refiere a cualquier aspecto de la vida social de un grupo&#xbb;, el &#x201c;patrimonio cultural inmaterial&#x201d;, consistente en pr&#xe1;cticas sociales, resulta algo a proteger y a considerar como de especial relevancia para nuestras sociedades. &#xab;Esa participaci&#xf3;n en la vida cultural supone un caso de bien imposible de descomponer&#xbb; (de nuevo al amparo de Ch. Taylor) y &#xab;el disfrute o consumo de la vida cultural es un asunto no solo individual sino tambi&#xe9;n compartido&#xbb;. La conclusi&#xf3;n es clara, y as&#xed; lo reafirma Cejudo, auxili&#xe1;ndose de normativa, jurisprudencia e incluso las opiniones de R. Dworkin: &#xab;la gesti&#xf3;n y salvaguarda de los comunes intelectuales&#xbb; es imperativa frente a la privatizaci&#xf3;n de nuestros d&#xed;as. A tales efectos dibuja una definici&#xf3;n de qu&#xe9; deber&#xed;a considerarse apropiaci&#xf3;n cultural (leg&#xed;tima en medio de mixturas y mestizajes) y cu&#xe1;l no, dejando expedito el campo para una regulaci&#xf3;n que evite el segundo supuesto.</p>
		<p> En suma, al proponer la convocatoria de originales hemos intentado elaborar un dossier que, sin pretensi&#xf3;n alguna de exhaustividad, ilumine el objeto de an&#xe1;lisis con cierto rigor y desde perspectivas diferentes, pero con referencias y motivaciones similares, que tuviera en cuenta los debates centrales que existen actualmente y tambi&#xe9;n los vericuetos de pasadas discusiones: el an&#xe1;lisis conceptual, las dimensiones pol&#xed;ticas, econ&#xf3;micas y jur&#xed;dicas de distintos bienes, la tensi&#xf3;n entre las nociones habituales de propiedad y la existencia reconocible de los bienes comunes, los patrones de refuerzo para posturas emancipatorias, y todo ello aderezado con abundante bibliograf&#xed;a y autores principales sobre la materia. Estamos convencidos de que este intento sumar&#xe1; esfuerzos a lo que ya configura un extenso intercambio de opiniones acerca de este nuevo paradigma te&#xf3;rico-pr&#xe1;ctico que se coloca bajo el rubro de &#x201c;bienes comunes&#x201d;.</p>
	</body>
	<back>
		<fn-group>
			<fn fn-type="other" id="fn0">
				<label>
					<sup>*</sup>
				</label>
				<p>Este texto y la coordinaci&#xf3;n de la secci&#xf3;n consiguiente se enmarcan dentro del proyecto &#x201c;Bienes comunes: articulaci&#xf3;n c&#xed;vica y jur&#xed;dica&#x201d;, BICOM, SI1/PIJ/2019-00474, financiado por la Universidad Aut&#xf3;noma de Madrid y la Comunidad de Madrid. </p>
			</fn>
		</fn-group>
	</back>
</article>