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				<journal-title>Isegor&#xed;a</journal-title>
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			<issn publication-format="electronic">1988-8376</issn>
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				<publisher-name>Consejo Superior de Investigaciones Cient&#xed;ficas</publisher-name>
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			<article-id pub-id-type="publisher-id">isegoria.2022.67.09</article-id>
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					<subject>Discursos del odio / Hate speech</subject>
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				<article-title>Etiquetar y castigar: la infamia como expresi&#xf3;n actual del control social</article-title>
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					<trans-title>Labelling and punishing: infamy as a current expression of social control</trans-title>
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						<surname>Ruiz Guti&#xe9;rrez</surname>
						<given-names>Adriana Mar&#xed;a</given-names>
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			<abstract>
				<title>Resumen</title>
				<p>La infamia constituye el modelo ideal de castigo actual, ya que marca el cuerpo real y simb&#xf3;lico de ciertos sujetos, sin ninguna mediaci&#xf3;n institucional: los individuos y los grupos sociales se arrogan el derecho a imputar, juzgar y castigar. De manera que existen instituciones formales y, adem&#xe1;s, ciertos colectivos informales que neutralizan, excluyen, matan y encierran real y simb&#xf3;licamente, ejerciendo un poder para-judicial y para-penal. En palabras m&#xe1;s precisas, hay una penalidad que no pasa necesariamente por el poder judicial ni el proceso legal, sino por el tribunal social y psicol&#xf3;gico efectuado por algunos agentes de control social informal. La realidad evidencia la absorci&#xf3;n progresiva del proceso judicial en el juicio colectivo, sin ninguna garant&#xed;a ni c&#xf3;digo distinto a la mirada, el murmullo social y el juicio instant&#xe1;neo. La sociedad se transforma as&#xed; en un tribunal permanente que odia, etiqueta y castiga, y cuya inmediatez, espontaneidad y anonimato reaviva la infamia de los viejos sistemas de la penalidad medieval, as&#xed; como la devastadora marcaci&#xf3;n totalitaria.</p>
			</abstract>
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				<title>Abstract</title>
				<p>Infamy constitutes the ideal model of current punishment, since it marks the real and symbolic body of certain subjects, without any institutional mediation: individuals and social groups assume the right to accuse, judge and punish. So, there are formal institutions and, in addition, certain informal groups that neutralize, exclude, kill and imprison, both in reality and symbolically, exercising para-judicial and para-penal power. In more precise words, there is a penalty that does not necessarily pass through the judiciary or the legal process, but rather through the social and psychological court carried out by some agents of informal social control. The reality evidences the progressive absorption of the judicial process in the collective trial, without any guarantee or code other than the look, the social murmur and the instant judgment. Society is thus transformed into a permanent court that hates, labels and punishes, and whose immediacy, spontaneity and anonymity revive the infamy of the old systems of medieval penality, as well as the devastating totalitarian branding. </p>
			</trans-abstract>
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				<kwd>Michel Foucault</kwd>
				<kwd>criminolog&#xed;a</kwd>
				<kwd>sociedad punitiva</kwd>
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				<kwd>Michel Foucault</kwd>
				<kwd>Criminology</kwd>
				<kwd>Punitive society</kwd>
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		<sec id="sec1" sec-type="intro">
			<title>Introducci&#xf3;n</title>
			<p>Cada sociedad define sus t&#xe1;cticas penales en funci&#xf3;n de sus titulares y destinatarios: mientras las formas primitivas de la penalidad privilegiaron la neutralizaci&#xf3;n y la expulsi&#xf3;n de los &#xab;individuos temibles&#xbb; para la comunidad, la &#xe9;poca cl&#xe1;sica entremezcl&#xf3; el encierro, la exclusi&#xf3;n, la infamia y la indemnizaci&#xf3;n respecto a los &#xab;delincuentes peligrosos&#xbb;. A diferencia de la pena de muerte, la marcaci&#xf3;n constituy&#xf3; la pena dominante durante la Alta Edad Media y el encierro la t&#xe1;ctica principal desde la &#xe9;poca moderna (<xref ref-type="bibr" rid="B2">Foucault, 1996, p. 23</xref>). Mientras la marcaci&#xf3;n (infamia) implica una cicatriz visible en el cuerpo del culpable y una mancha simb&#xf3;lica a su nombre, disminuyendo su estatus social, el encierro representa el retraimiento, la absoluta confiscaci&#xf3;n del cuerpo del delincuente, aisl&#xe1;ndolo de los lazos colectivos. Una y otra t&#xe1;ctica sirvieron, a su vez, para atribuir el estatus de &#xab;criminales&#xbb; o de &#xab;desviados&#xbb; a ciertas poblaciones de herejes, enfermos mentales, delincuentes, minor&#xed;as &#xe9;tnicas, religiosas y sexuales. </p>
			<p>Sin embargo, las pretendidas anomal&#xed;as ocultaban algo m&#xe1;s: &#xab;Las t&#xe9;cnicas, los procedimientos y los aparatos mediante los cuales la sociedad exclu&#xed;a a una serie de individuos para presentarlos a continuaci&#xf3;n como anormales, desviados&#xbb; (<xref ref-type="bibr" rid="B3">Foucault, 2016, p. 18</xref>). Puntualmente, las sociedades se clasifican seg&#xfa;n las variaciones de las penas: sociedades asesinadoras, torturadoras o purificadoras, expulsadoras, encerradoras, masacradoras, infamantes (<xref ref-type="bibr" rid="B3">Foucault, 2016, p. 36</xref>). Huelga decir, sin embargo, que las penalidades se combinan, se solapan y se yuxtaponen en virtud de los diferentes tipos de sociedad, as&#xed; como los portadores del control social. De modo que, en todas las colectividades, las penas -sean o no dominantes en virtud de su funci&#xf3;n social- act&#xfa;an de forma constante y paralela. Hasta aqu&#xed; la comprensi&#xf3;n habitual. Actualmente, sin embargo, las cuestiones son m&#xe1;s complejas: &#xbf;qui&#xe9;nes son los titulares actuales del derecho a castigar?, &#xbf;sobre qui&#xe9;nes y c&#xf3;mo recae?, &#xbf;cu&#xe1;les son las razones de la sanci&#xf3;n? </p>
			<p>En principio, la superstici&#xf3;n primitiva admit&#xed;a que lo prohibido se castigaba por s&#xed; mismo, sin mediaci&#xf3;n de autoridad alguna: &#xab;El que traspasaba la frontera ten&#xed;a que morir, a los perjuros les crec&#xed;a la mano fuera de la tumba, quiz&#xe1; el falso juramento romp&#xed;a el cuello al imp&#xed;o&#xbb; (<xref ref-type="bibr" rid="B8">Hentig, 1967, p. 112</xref>). Tras las creencias populares del automatismo del mal en un castigo, suceden hist&#xf3;ricamente los jueces, los verdugos y la polic&#xed;a, quienes act&#xfa;an en nombre del poder formal. No obstante, y omitiendo la aparente claridad conceptual, el ejercicio de la penalidad escapa hoy a las meras clasificaciones hist&#xf3;ricas, situ&#xe1;ndose en las luchas por los privilegios del poder, entre los que se encuentran, por supuesto, la definici&#xf3;n del estatuto de &#xab;criminal-enemigo social&#xbb; y la imposici&#xf3;n de la pena. Foucault es claro al respecto: &#xab;Para hacer el an&#xe1;lisis de un sistema penal, lo que debe ponerse de manifiesto en primer t&#xe9;rmino es la naturaleza de las luchas que en una sociedad se desarrollan en torno al poder&#xbb; (<xref ref-type="bibr" rid="B3">2016, p. 27</xref>). </p>
			<p>De ah&#xed; que las luchas y los motines permanentes, m&#xe1;s all&#xe1; de destruir y de reformar los elementos del poder institucional, en nombre de la justicia y de la libertad populares, pretendan, en cambio, apropiarlos y activarlos en virtud de sus nuevos portadores y destinatarios. A prop&#xf3;sito de esta afirmaci&#xf3;n, Foucault introduce la noci&#xf3;n de guerra civil para explicar las colisiones cotidianas, los instrumentos disputados, las t&#xe1;cticas implementadas y las alianzas entre individuos por las prerrogativas del poder (<xref ref-type="bibr" rid="B3">2016, p. 47</xref>). Por lo general, todo anhelo de transformar el sistema penal sucumbe ante la imposici&#xf3;n de otras t&#xe9;cnicas de vigilancia, de control y de castigo. Y la titularidad del &#xab;derecho a castigar&#xbb; constituye el lugar m&#xe1;s visible de la lucha generalizada. He aqu&#xed; la cuesti&#xf3;n cr&#xed;tica: hoy, la lucha por el privilegio a sancionar a los dem&#xe1;s acontece, m&#xe1;s espec&#xed;ficamente, en la disputa por el control social, entendido como un conjunto de instituciones, estrategias y sanciones sociales que someten a los sujetos a ciertos modelos y pautas comunitarias (<xref ref-type="bibr" rid="B5">Garc&#xed;a-Pablos, 2001, p. 119</xref>). </p>
			<p>En efecto, el cuerpo social se sirve de numerosos portadores del control, formales (polic&#xed;a, justicia, administraci&#xf3;n penitenciaria) e informales (familia, escuela, profesi&#xf3;n, opini&#xf3;n p&#xfa;blica, colectivos sociales). Unos y otros act&#xfa;an como titulares disciplinantes, haciendo uso de distintos sistemas normativos (religi&#xf3;n, costumbre, derecho, normas de cortes&#xed;a), estrategias o respuestas de control (prevenci&#xf3;n, represi&#xf3;n, socializaci&#xf3;n) y modalidades de sanci&#xf3;n social (positivas y negativas). Mientras los agentes de disciplina social informal procuran modelar al individuo mediante un largo y sutil proceso, que principia en el hogar y concluye en la instancia laboral, a trav&#xe9;s de la interiorizaci&#xf3;n conformista de las pautas sociales aprendidas, las instancias informales act&#xfa;an de modo coercitivo, imponiendo, adem&#xe1;s, sanciones cualitativas distintas a las sociales: &#xab;sanciones estigmatizantes que atribuyen al infractor un singular estatus (desviado, peligroso, delincuente)&#xbb; (<xref ref-type="bibr" rid="B5">Garc&#xed;a-Pablos, 2001, p. 119</xref>). </p>
			<p>De modo que la instituci&#xf3;n formal configura solo una de las posibles portadoras del control social, as&#xed; como el derecho penal y la infracci&#xf3;n legal componen unos entre distintos sistemas normativos y modalidades de sanci&#xf3;n para reprimir a sus destinatarios. Para mayor claridad en orden a la exposici&#xf3;n de la hip&#xf3;tesis de este art&#xed;culo, que intersecciona filosof&#xed;a y criminolog&#xed;a cr&#xed;ticas para entender el funcionamiento de la infamia en los sistemas actuales de control social que intercambian, cada vez m&#xe1;s, y con crueles efectos, todos sus elementos (portadores, estrategias, medios y sanciones), es preciso subrayar que, al igual que los &#xf3;rganos formales de control, diferentes colectivos informales ejercen, hoy, un poder para-judicial y para-penal, definiendo e imponiendo sanciones estigmatizantes que marcan al individuo como enemigo, anormal, delincuente, desviado. A diferencia de la previsibilidad, la razonabilidad y la articulaci&#xf3;n con los principios y las normas del ordenamiento jur&#xed;dico, la espontaneidad, el anonimato y la violaci&#xf3;n de las libertades y las garant&#xed;as caracterizan el funcionamiento de la penalidad vigente. </p>
			<p>La reacci&#xf3;n de ciertos portadores informales del control social, que crean la infracci&#xf3;n y estigmatizan al ofensor como tal, configura, as&#xed;, la criminalidad, etiquetando y sancionando a ciertos individuos &#xab;despreciables&#xbb; para la comunidad. Sin duda, el etiquetamiento es directamente proporcional al incremento de los titulares del control social formal e informal: &#xab;El mandato abstracto de la norma [y el discurso unilateral de ciertos grupos sociales] se desv&#xed;a sustancialmente al pasar por el matiz de ciertos filtros altamente selectivos y discriminatorios que act&#xfa;an guiados por el criterio del estatus social del infractor&#xbb; (<xref ref-type="bibr" rid="B5">Garc&#xed;a-Pablos, 2001, p. 119</xref>). De forma complementaria a la criminolog&#xed;a cr&#xed;tica, determinados colectivos informales de disciplinamiento social, no son meros pacientes de los agentes formales de control, sino, m&#xe1;s palmariamente, continuadores de una sociedad infamante, que perpet&#xfa;a el eterno retorno de la fuerza en sus distintas modalidades (f&#xed;sicas y simb&#xf3;licas), a pesar de la circulaci&#xf3;n de sus discursos contra la violencia y de su exhortaci&#xf3;n a la justicia. </p>
			<p>En este caso, y parad&#xf3;jicamente, los castigos se multiplican, as&#xed; como sus portadores y destinatarios, excediendo la delimitaci&#xf3;n de los bienes jur&#xed;dicos y la conformidad con las normas jur&#xed;dicas, a partir de &#xab;una pl&#xe9;tora de variables cognitivas y emotivas, un engranaje, en el cual las decisiones penales representan solo un min&#xfa;sculo tornillo (del cual no siempre se sabe en qu&#xe9; direcci&#xf3;n gira)&#xbb; (<xref ref-type="bibr" rid="B7">Hassemer, 1991, p. 21</xref>). En consecuencia, la guerra de todos contra todos se extiende, en el presente, al &#xe1;mbito de la sanci&#xf3;n de unos contra los otros, reapropiando y reactivando exponencialmente las viejas formas de penalidad. El asesinato, la expulsi&#xf3;n, el encierro, la marcaci&#xf3;n, la tortura, la indemnizaci&#xf3;n se suceden unas a otras, mientras se comunican y yuxtaponen con absoluta severidad contra sus v&#xed;ctimas sacrificiales y la satisfacci&#xf3;n de sus portadores. Ahora, entre las numerosas t&#xe1;cticas penales, la marcaci&#xf3;n -tambi&#xe9;n llamada infamia, en tanto imposici&#xf3;n de una mancha simb&#xf3;lica sobre el cuerpo virtual y social del acusado, humillando su nombre y su humanidad- ocupa un lugar preferente en la sociedad actual (<xref ref-type="bibr" rid="B3">Foucault, 2016, p. 22</xref>). </p>
			<p>La pr&#xe1;ctica de la marcaci&#xf3;n combina, como ning&#xfa;n otro castigo, la muerte y la exclusi&#xf3;n, as&#xed; como el sufrimiento de sus destinatarios y la impunidad de sus titulares, la mayor&#xed;a de las veces an&#xf3;nimos: &#xab;Es un castigo transparente: solo la mirada y el murmullo, el juicio instant&#xe1;neo y, llegado el caso, constante de cada quien y de todos constituye esa suerte de tribunal permanente&#xbb; (<xref ref-type="bibr" rid="B3">Foucault, 2016, p. 26</xref>). En palabras de Foucault, desde finales de la Edad Media hasta el siglo XVIII, el suplicio de la marcaci&#xf3;n conduce a la decapitaci&#xf3;n del noble, la horca del villano, la quema de los herejes, el descuartizamiento del traidor, el desorejamiento de los ladrones, la perforaci&#xf3;n de la lengua del blasfemo, entre otros ritos del poder sacrificial. Ahora, si la elecci&#xf3;n de la pena alude a la utilidad de los portadores del control social y, en ning&#xfa;n caso, a la importancia de la falta misma y de su ocurrencia efectiva, entonces la infamia constituye la &#xab;pena perfecta&#xbb; en la actualidad, ya que ciertos &#xf3;rganos del control social focalizan su mirada sobre el &#xab;individuo culpable&#xbb;, sin necesidad de un c&#xf3;digo legal, la prueba de una falta y el juicio ritualizada por el poder p&#xfa;blico (<xref ref-type="bibr" rid="B2">Foucault, 1996, p. 26</xref>). </p>
			<p>&#xab;El juicio no ser&#xe1; otra cosa que la totalidad de los juicios individuales efectuados por los ciudadanos&#xbb; (<xref ref-type="bibr" rid="B2">Foucault, 1996, p. 26</xref>). El triunfo de los m&#xfa;ltiples portadores de la disciplina social formal e informal opera, entonces, cuando sus titulares resultan suficientemente poderosos para atribuir el estatuto de criminal-enemigo social a ciertos individuos, sancion&#xe1;ndolos en nombre del &#xab;derecho a castigar&#xbb;. Las viejas ordal&#xed;as se transforman, ahora, en los espect&#xe1;culos de la infamia social donde &#xab;el ordalizado, culpable hasta que logre demostrar su inocencia, se salvar&#xe1; no por la cualidad moral de sus actos, sino por su fortaleza f&#xed;sica o por su resistencia al sufrimiento; no por lo que hace, sino por su naturaleza&#xbb; (<xref ref-type="bibr" rid="B4">Fuentes, 2018, p. 15</xref>). Contempor&#xe1;neamente, la infamia representa el sello de la barbarie totalitaria y, tambi&#xe9;n, el riesgo del derecho penal liberal o garantista (pues pone en entredicho los l&#xed;mites formales y materiales al ejercicio del poder punitivo), cuyos derechos y garant&#xed;as individuales sucumben ante la poderosa maquinaria del control social institucional y, tambi&#xe9;n, de numerosos colectivos informales que se arrogan el derecho a etiquetar y a sancionar.</p>
			<p>A prop&#xf3;sito, el <italic>habeas corpus,</italic> que originariamente alude a la obligaci&#xf3;n del magistrado de exhibir el cuerpo del imputado y de exponer los motivos de la detenci&#xf3;n, garantizando, as&#xed;, el derecho de defensa por parte del acusado, desaparece, entre tanto, ante la ausencia f&#xed;sica del condenado y el anonimato de sus acusadores. En este sentido, la sentencia resulta tan inmediata como cruel: &#xab;Desde el momento de su acusaci&#xf3;n -y sin esperar a la sentencia-, el ordalizado ya est&#xe1; convertido en lo que Giorgio Agamben ha denominado <italic>homo sacer</italic>, es decir, en un hombre arrojado a una tierra de nadie, fuera de las murallas, y expulsado de la sociedad a la que hab&#xed;a pertenecido&#xbb; (<xref ref-type="bibr" rid="B4">Fuentes, 2018, p. 312</xref>). Por tanto, la marcaci&#xf3;n infamante del poder formal y no-institucionalizado implica la reducci&#xf3;n post-totalitaria de la vida humana a &#xab;una vida desnuda, sin derechos ni prerrogativas, sobre el que se puede practicar <italic>pimpampum</italic> con toda impunidad&#xbb; (<xref ref-type="bibr" rid="B4">Fuentes, 2018, p. 312</xref>). </p>
			<p>He aqu&#xed; la cuesti&#xf3;n de esta composici&#xf3;n que aborda la infamia como expresi&#xf3;n vigente de la aversi&#xf3;n de numerosos titulares del control social, formales y, principalmente, informales, sobre amplios grupos de sujetos etiquetados de &#xab;anormales&#xbb;, &#xab;desviados&#xbb;, &#xab;indeseables&#xbb;, &#xab;peligrosos&#xbb;. Naturalmente, la marcaci&#xf3;n, en cuanto modalidad de castigo en la historia de la penalidad, y, m&#xe1;s taxativamente como tipo ideal en el presente, descubre las maneras de defensa social, as&#xed; como sus titulares y sus destinatarios, lo que excede las meras clasificaciones te&#xf3;ricas. Cada sociedad fija, as&#xed;, las modalidades y las intensidades de sus penas, permitiendo caracterizar la actual como una sociedad infamante. Basta advertir, hoy, por ejemplo, la revigorizaci&#xf3;n del juicio colectivo, en nombre de la justicia popular, que disuelve progresivamente la hegemon&#xed;a del poder judicial (<xref ref-type="bibr" rid="B2">Foucault, 1996, p. 90</xref>). El desarrollo de esta hip&#xf3;tesis, que cruza la filosof&#xed;a y criminolog&#xed;a cr&#xed;ticas, tiene como unidades de an&#xe1;lisis, principalmente: &#xab;La sociedad punitiva&#xbb; (clases del 3, 10 y 17 de enero de 1973) y &#xab;La vida de los hombres infames&#xbb;, de Michel Foucault; &#xab;La hoguera de los inocentes. Linchamientos, cazas de brujas y ordal&#xed;as&#xbb;, de Eugenio Fuentes; &#xab;La pena. Formas primitivas y conexiones hist&#xf3;rico-culturales&#xbb;, de Hans von Hentig; y &#xab;Criminolog&#xed;a. Una introducci&#xf3;n a sus fundamentos te&#xf3;ricos&#xbb;, de Antonio Garc&#xed;a-Pablos. </p>
		</sec>
		<sec id="sec2">
			<title>La disputa por las dos espadas</title>
			<p>En <italic>La sociedad punitiva,</italic> clase del 3 enero de 1973, Michel Foucault anticipa su punto de partida: &#xab;Sabr&#xe1;n que en los siglos XIX y XX hubo quienes se entretuvieron en clasificar las sociedades en dos tipos, seg&#xfa;n la manera como trataban a sus muertos: sociedades inhumadoras y cremadoras&#xbb;. Ahora, pregunta Foucault, &#xab;&#xbf;podr&#xed;amos tratar de clasificar las sociedades conforme a la suerte que reservan, no a los difuntos, sino a los vivos?&#xbb; (<xref ref-type="bibr" rid="B3">Foucault, 2016, p. 17</xref>). El cuerpo social divide a los vivos en dos categor&#xed;as: unos de lo que quiere deshacerse y otros que desea dominar debido a su disconformidad con la ley (<xref ref-type="bibr" rid="B3">Foucault, 2016, p. 17</xref>). Siguiendo a L&#xe9;vi-Strauss, Foucault advierte que esta doble tipificaci&#xf3;n de los &#xab;individuos peligrosos&#xbb;, corresponde a las sociedades denominadas <italic>antropof&#xe1;gicas -</italic>las cuales asimilan la fuerza temible y hostil de ciertos sujetos, neutralizando el peligro contenido en ellos<italic>-,</italic> y <italic>antropoemias -</italic>que expulsan a los &#xab;individuos temibles&#xbb;, manteni&#xe9;ndolos, temporal o definitivamente, aislados del organismo social, a partir de determinadas pr&#xe1;cticas de exclusi&#xf3;n<italic>-</italic>. </p>
			<p>Nuestra sociedad, dice Foucault, &#xab;pertenecer&#xed;a al segundo tipo, las que excluyen esas fuerzas peligrosas que son la locura o el crimen y que las excluyen por la muerte, o el exilio, o el internamiento&#xbb; (<xref ref-type="bibr" rid="B3">Foucault, 2016, p. 17</xref>). Sin embargo, y a pesar del estatuto binario del organismo social, tan &#xfa;til como limitado para comprender la actualidad, una y otra coexisten sin distinci&#xf3;n: mientras las din&#xe1;micas de inmunizaci&#xf3;n, esto es, de absorci&#xf3;n y de negaci&#xf3;n de todo agente peligroso, se infiltran en todos los &#xe1;mbitos de la vida contempor&#xe1;nea (<xref ref-type="bibr" rid="B1">Esposito, 2009, p. 17</xref>), las viejas pr&#xe1;cticas de exclusi&#xf3;n se prolongan en variadas t&#xe9;cnicas, aparatos y procedimientos de aislamiento de numerosas poblaciones &#xab;indeseables&#xbb; para la sociedad (<xref ref-type="bibr" rid="B3">Foucault, 2016, p. 17</xref>). En nombre de la defensa social ante sus enemigos, la asimilaci&#xf3;n y el aislamiento se interconectan y comunican, apartando a los individuos &#xab;temibles&#xbb; de los v&#xed;nculos humanos.</p>
			<p>Concretamente, basta que el Estado y, actualmente, cualquier individuo o colectivo que se arrogue la potestad de castigar, imputen el estatus de criminal, desviado, anormal, enemigo social a cualquier sujeto o grupo <italic>-</italic>sin probar necesariamente la verdad de esta imputaci&#xf3;n<italic>-</italic>, para que esos sujetos se conviertan socialmente en delincuentes odiados por la mayor&#xed;a. Ahora, entre la asimilaci&#xf3;n (<italic>antropofagia)</italic> y la exclusi&#xf3;n (<italic>antropoemia</italic>) aparece algo m&#xe1;s que exige ser le&#xed;do: el sistema judicial ya no reprime la venganza privada (<xref ref-type="bibr" rid="B6">Girard, 2012, p. 23</xref>), no la suprime en virtud de la &#xfa;ltima palabra: el castigo &#xab;&#xfa;nico&#xbb; de la instituci&#xf3;n, privilegio exclusivo y excluyente de la autoridad soberana, especializada en la condena, es liberada ahora al interior del cuerpo social: &#xab;No se puede prescindir de la violencia para acabar con la violencia. Pero precisamente por eso la violencia es interminable. Cada cual puede proferir la &#xfa;ltima palabra de la violencia y as&#xed; avanza de represalia en represalia&#xbb; (<xref ref-type="bibr" rid="B6">Girard, 2012, p. 33</xref>). </p>
			<p>La infecci&#xf3;n y la transmisi&#xf3;n del deseo a la violencia se atomiza en la sociedad, cuyos individuos y colectivos disputan, actualmente, la prerrogativa coercitiva sobre el resto de la comunidad, gobernando y modelando sus acciones. Mientras los &#xf3;rganos formales de control social pierden, hoy, su capacidad de limitar la venganza, los portadores informales de disciplinamiento social encuentran m&#xfa;ltiples maneras para destruir a los dem&#xe1;s, especialmente mediante la marcaci&#xf3;n. De este modo, la v&#xed;ctima sacrificial atrae el odio y la venganza sobre s&#xed;, quedando expuesto y excluido de los otros. El Leviat&#xe1;n se contrae, as&#xed;, ante variados grupos sociales que contienden por la espada de la guerra y la justicia: &#xab;&#x2026; unas cuantas unidades colectivas toman ciertos fragmentos del poder, no para abolirlos y volver a algo parecido a la guerra de todos contra todos, sino, al contrario, para reactivarlos&#xbb; (<xref ref-type="bibr" rid="B3">Foucault, 2016, p. 28</xref>). </p>
			<p>En palabras m&#xe1;s exactas, se trata de una violencia social contra la violencia institucional, ya no por el &#xab;derecho a hacer la guerra&#xbb;, sino por el &#xab;derecho a castigar&#xbb; a los dem&#xe1;s: las viejas instituciones regulares y los colectivos emergentes engullen, mastican y excretan, dondequiera, ilimitadamente, a ciertos individuos odiados por los dem&#xe1;s. Unas y otras, sin distinci&#xf3;n, rivalizan por el control sobre la vida, a trav&#xe9;s del ejercicio de la violencia: &#xab;Por un lado, el derecho interioriza la violencia; por el otro lado, y al mismo tiempo, se traslada a un teatro exterior en el que ella sube materialmente a escena&#xbb; (<xref ref-type="bibr" rid="B1">Esposito, 2009, p. 62</xref>). De modo que las luchas entre la instituci&#xf3;n y los grupos sociales por la reapropiaci&#xf3;n y la reactivaci&#xf3;n del poder, liberan y difieren, paulatinamente, distintas pr&#xe1;cticas, instrumentos y coaliciones. En efecto, dice Foucault, &#xab;un movimiento de mot&#xed;n no consiste, pues, en destruir los elementos del poder como en apoderarse de ellos y ponerlos en acci&#xf3;n&#xbb; (<xref ref-type="bibr" rid="B3">Foucault, 2016, p. 48</xref>). </p>
			<p>Esta idea resulta suficiente para entender el funcionamiento de la penalidad en la sociedad actual, que, en todo caso, excede el monopolio institucional, revigorizando la venganza social. En la actualidad, el Leviat&#xe1;n y las facciones sociales constituyen, pues, un duplo, tan &#xed;ntimo como oscilante, en su relaci&#xf3;n con la &#xab;violencia sacrificial&#xbb;. La asimilaci&#xf3;n, la neutralizaci&#xf3;n y la exclusi&#xf3;n configuran las maneras de aplacar el odio que se propaga en el cuerpo social: &#xab;Aun cuando se asuma la forma de la no-violencia, cuando aparece anhelar la paz, la comunidad es el fruto oculto -una concesi&#xf3;n y un producto- de la violencia&#xbb; (<xref ref-type="bibr" rid="B1">Esposito, 2009, p. 59</xref>). As&#xed;, el cuerpo social exacerba sus mecanismos de punici&#xf3;n, digiriendo y trasladando la violencia al teatro sacrificial; el espect&#xe1;culo social, la reuni&#xf3;n en c&#xed;rculo, donde todos se congregan a observar la v&#xed;ctima sacrificial y su suplicio.</p>
			<p>Al respecto, Ren&#xe9; Girard se&#xf1;ala que &#xab;si, en un panorama general del sacrificio humano, se contempla el abanico formado por las v&#xed;ctimas, nos encontramos, dir&#xed;ase, ante una lista extremadamente heterog&#xe9;nea&#xbb; (<xref ref-type="bibr" rid="B6">2012, p. 19</xref>). Adem&#xe1;s del viejo dios mortal, el Leviat&#xe1;n, los grupos sociales exponen a sus v&#xed;ctimas, mientras observan la carne viva amontonada en sus altares: &#xab;Y para apaciguar su c&#xf3;lera, se multiplican los sacrificios&#xbb; (<xref ref-type="bibr" rid="B6">Girard, 2012, p. 19</xref>). Las formas primitivas del sacrificio humano como ofrenda a dioses, los muertos y la comunidad, en orden a la gratificaci&#xf3;n o la protecci&#xf3;n evolucionan, hoy, a los linchamientos digitales que propagan numerosas agresiones y acosos con gran capacidad de viralizaci&#xf3;n en las redes sociales. El sacrificio primitivo de los prisioneros de guerra, los esclavos, los ni&#xf1;os y los adolescentes, los tarados, los &#xab;desechos sociales&#xbb; se metamorfosea, as&#xed;, en la lujuria rencorosa de los nuevos &#xab;afiladores de la guillotina&#xbb; (<xref ref-type="bibr" rid="B4">Fuentes, 2018, p. 15</xref>).</p>
			<p> &#xab;Si el principio de la situaci&#xf3;n sacrificial est&#xe1; basado en la <italic>semejanza</italic> entre las v&#xed;ctimas actuales y las v&#xed;ctimas potenciales, no hay por qu&#xe9; temer que esa condici&#xf3;n no se cumpla cuando en ambos casos se trata de seres humanos&#xbb; (<xref ref-type="bibr" rid="B6">Girard, 2012, p. 18</xref>). No hay duda de que el ritual sacrificial fluct&#xfa;a entre el soberano y los grupos sociales emergentes, engullendo y vomitando a los antiguos y actuales &#xab;portadores del mal&#xbb;. He aqu&#xed; la cuesti&#xf3;n definitiva que exige ser pensada. Los sacrificadores se multiplican, as&#xed; como sus v&#xed;ctimas potenciales. Ahora, la distinci&#xf3;n entre el sacrificio institucional y el sacrificio social reside, &#xfa;nicamente, en la designaci&#xf3;n de los seres &#xab;sacrificables&#xbb; y &#xab;no sacrificables&#xbb;, ya que sus ceremonias, sus ideas absolutas y sus libaciones son las mismas. Adem&#xe1;s de las sociedades deficitarias, que exacerban los peligros del crimen y su punici&#xf3;n, tal como lo advierte Foucault, las estructuras sociales atomizadas en m&#xfa;ltiples instituciones pol&#xed;ticas y colectivos sociales reduplican los delitos y las sanciones, que, en modo alguno, se ajustan a las acciones il&#xed;citas del individuo, sino al odio por sus caracter&#xed;sticas y preferencias personales.</p>
			<p>Y, bajo estas condiciones, advierte Foucault: &#xab;Si la pena es una reacci&#xf3;n de la defensa de la sociedad, y sobrepasa la medida, se convierte entonces en abuso de poder&#xbb; (<xref ref-type="bibr" rid="B3">Foucault, 2016, p. 49</xref>). En principio, la prerrogativa del castigo, propia del monopolio de la violencia, constituye el derecho absoluto, esto es, el poder exclusivo del soberano. El Leviat&#xe1;n sujeta en sus manos la espada de la justicia y la defensa del cuerpo social unitario, adem&#xe1;s de la espada de la guerra, la vida y la muerte de los s&#xfa;bditos, que componen una sola, inseparables y esenciales al poder soberano. En palabras precisas, la instituci&#xf3;n &#xab;racionaliza&#xbb; el odio y la venganza primitiva, convirti&#xe9;ndola en una t&#xe9;cnica sacrificial, sin consecuencias; no ser&#xe1; vengada: &#xab;Cuanto m&#xe1;s se desplaza el punto focal del sistema de la prevenci&#xf3;n religiosa hacia los mecanismos de la retribuci&#xf3;n judicial, m&#xe1;s avanza la ignorancia que ha presidido la instituci&#xf3;n sacrificial hacia estos mecanismos y, tiende, a su vez, a rodearlos&#xbb; (<xref ref-type="bibr" rid="B6">Girard, 2012, p. 30</xref>). </p>
			<p>As&#xed; las cosas, entre las prerrogativas del Leviat&#xe1;n, el derecho al castigo ratifica su soberan&#xed;a sobre la multitud, expresando su poder a trav&#xe9;s de penalidades <italic>corporales</italic> (flagelaci&#xf3;n sobre el cuerpo humano o las lesiones, heridas, encadenamientos y penalidades no mortales), <italic>capitales</italic> (muerte simple o con tormento), <italic>pecuniarias</italic> (privaci&#xf3;n de una suma de dinero, tierras y bienes, multa, pago), <italic>ignominia</italic> (infligir da&#xf1;o deshonroso, privaci&#xf3;n de un bien honorable dentro del Estado), <italic>prisi&#xf3;n</italic> (custodia, vigilancia, encierro), <italic>destierro</italic> (abandono) (<xref ref-type="bibr" rid="B9">Hobbes, 1979, pp. 274-275</xref>). Sin embargo, Hobbes es enf&#xe1;tico en afirmar que la imposici&#xf3;n de una pena depende de una ley previa, sin la cual la sanci&#xf3;n es un acto de arbitrariedad, &#xab;porque nadie se supone que ha de ser castigado antes de ser judicialmente o&#xed;do y declarado culpable&#xbb;. Y, seguidamente agrega: &#xab;Todas las penas reca&#xed;das en seres inocentes, ya sean grandes o peque&#xf1;as, van contra la ley de naturaleza, porque la pena se impone solamente por transgresi&#xf3;n de la ley, y, por tanto, no debe existir castigo para el inocente&#xbb; (<xref ref-type="bibr" rid="B9">Hobbes, 1979, p. 274</xref>). </p>
			<p>No obstante, el monopolio absoluto de la violencia institucional cede, actualmente, ante la aparici&#xf3;n de variados individuos y colectivos sociales que, la mayor&#xed;a de las veces, aplican la venganza privada derivada del odio por sus v&#xed;ctimas, sin vacilaci&#xf3;n, exasper&#xe1;ndola, despleg&#xe1;ndola y multiplic&#xe1;ndola en el cuerpo social: &#xab;Todos los procedimientos que permiten a los hombres moderar su violencia son an&#xe1;logos en tanto que ninguno de ellos es ajeno a la violencia&#xbb; (<xref ref-type="bibr" rid="B6">Girard, 2012, p. 30</xref>). En efecto, toda violencia natural o institucional participa de la misma sustancia: la fuerza que excluye, mata, masacra, tortura, marca. Aqu&#xed; no hay diferencia entre la violencia institucional y la violencia social. En s&#xed;ntesis, detr&#xe1;s de una aparente diferencia te&#xf3;rica entre una y otra, las instituciones formales y los grupos sociales informales de control social, es preciso afirmar la no-diferencia, la identidad an&#xe1;loga de los sacrificadores y sus v&#xed;ctimas, y la activaci&#xf3;n de una penalidad compartida que solapa sus discursos y actuaciones. </p>
			<p>De manera que toda comprensi&#xf3;n sobre los sistemas penales exige, hoy, la observaci&#xf3;n concreta de ciertos organismos estatales y variados colectivos informales que ejercen el control social, a trav&#xe9;s del ejercicio de una penalidad constante de neutralizaci&#xf3;n, expulsi&#xf3;n, encierro, marcaci&#xf3;n y exacci&#xf3;n de bienes.</p>
		</sec>
		<sec id="sec3">
			<title>De la guerra civil al control social para-judicial y para-penal</title>
			<p>&#xab;La guerra civil es la matriz de todas las luchas de poder, de todas las estrategias del poder y, por consiguiente, tambi&#xe9;n la matriz de todas las luchas acerca del poder y contra &#xe9;l&#xbb;. Y, adicionalmente, Foucault agrega: &#xab;La guerra civil es el estado permanente sobre cuya base pueden y deben comprenderse unas cuantas de esas t&#xe1;cticas de lucha de las que la penalidad es precisamente un ejemplo privilegiado&#xbb; (Foucault, 2016, p. 49). Esta premisa permite comprender el entrelazamiento entre la punici&#xf3;n estatal y la sanci&#xf3;n social, entre los titulares del control formal y los portadores informales del disciplinamiento social, as&#xed; como la activaci&#xf3;n y el funcionamiento de una estrategia especial de la penalidad: la infamia. </p>
			<p>A prop&#xf3;sito, basta recordar el mito de la guerra generalizada donde los hombres viven sin un poder com&#xfa;n que los mantenga a raya (<xref ref-type="bibr" rid="B9">Hobbes, 1979, p. 263</xref>). En este estado, dice Hobbes, cada uno conf&#xed;a en su propia fuerza e invenci&#xf3;n para perseverar su vida y su integridad, haciendo uso de todos los medios que le provee la naturaleza y de la raz&#xf3;n para dominar al resto. No obstante, en la fiesta de la masacre, el miedo y el peligro inminente de una muerte violenta, as&#xed; como la existencia solitaria, mendicante, brutal y breve, conduce a los hombres a pactar que un individuo o un grupo de hombres tendr&#xe1;n el derecho a representarlos en adelante. En cualquier caso, el mito de la guerra originaria se transforma en la capitulaci&#xf3;n un&#xed;voca de todos respecto a uno, que, sin mediaci&#xf3;n deliberativa ni posibilidad de apelaci&#xf3;n, &#xab;autorizar&#xe1;n en lo sucesivo todas las acciones y juicios de ese hombre o asamblea de hombres como si fueran los suyos propios hasta el final&#xbb; (<xref ref-type="bibr" rid="B9">Hobbes, 1979, p. 268</xref>). </p>
			<p>La voluntad del nuevo dios mortal, el Estado Leviat&#xe1;n, se expresa inmediatamente en la acci&#xf3;n del soberano, tan absoluto como impune en tiempo de guerra y de paz. O sea que la guerra de cada hombre contra el resto, el sacrificio prolongado y la carrera hacia una muerte inminente radica en la indistinci&#xf3;n de la violencia: cualquier hombre posee el derecho natural a disponer de la vida de los dem&#xe1;s. Sin embargo y, a pesar del ejercicio plural de una comunidad que se enfrenta a muerte, el &#xab;derecho a castigar&#xbb; constituye un privilegio exclusivo del nuevo dios, incluso, a pesar del pacto: &#xab;El derecho de la Rep&#xfa;blica a castigar no se funda sobre ninguna concesi&#xf3;n o arreglo de los s&#xfa;bditos&#xbb; (<xref ref-type="bibr" rid="B9">Hobbes, 1979, p. 386</xref>). De ah&#xed; que el castigo encuentre un fundamento <italic>a posteriori</italic> y, en modo alguno, <italic>a priori</italic> en la moderna teor&#xed;a del poder y la pol&#xed;tica: &#xab;El derecho a castigar, que no podr&#xed;a fundamentarse en el pacto social, encuentra la justificaci&#xf3;n de su existencia en las modalidades de su ejercicio&#xbb; (<xref ref-type="bibr" rid="B13">Zarka, 1997, p. 270</xref>).</p>
			<p>La penalidad es, entonces, un privilegio esencial y reservado al soberano, que reclama el derecho de &#xab;partir&#xbb; a sus criminales-enemigos mediante el ejercicio de sus espadas. Lo cierto es que, dice Yves Charles Zarka, el &#xab;derecho a castigar&#xbb; se fundamenta en el conocimiento de los s&#xfa;bditos sobre dicha prerrogativa soberana, la cual debe limitarse, en todo caso, a establecer el crimen y la culpabilidad del individuo, a partir de la ley y la pena previamente regulados. La taxonom&#xed;a de los poderes soberanos disuelve el enfrentamiento con otros individuos y colectivos debido a su radical asimetr&#xed;a, inapelable jerarqu&#xed;a, insobornable injerencia exterior. De este modo, el Leviat&#xe1;n asegura su inmunidad: &#xab;El Estado absorbe en s&#xed; toda racionalidad y toda legalidad. Fuera de &#xe9;l todo es estado de naturaleza&#xbb; (<xref ref-type="bibr" rid="B12">Schmitt, 1997, p. 99</xref>). Hasta aqu&#xed; la comprensi&#xf3;n habitual. </p>
			<p>Sin embargo, Foucault contradice el hecho seg&#xfa;n el cual la erecci&#xf3;n del Leviat&#xe1;n disuelve la guerra de todos contra todos, as&#xed; como la reaparici&#xf3;n de la guerra civil al interior del cuerpo pol&#xed;tico. Y esto es, sin lugar a dudas, esencial para explicar la penalidad actual. La guerra civil es directamente proporcional al poder: &#xab;No es una especie de ant&#xed;tesis del poder, algo existente antes de este o reaparecido tras &#xe9;l. No mantiene una relaci&#xf3;n de exclusi&#xf3;n con el poder. La guerra civil se desarrolla en el teatro del poder&#xbb;. Y, a continuaci&#xf3;n, Foucault advierte: &#xab;Solo la hay [guerra civil] en el elemento del poder constituido; se despliega para conservar o conquistar el poder, para confiscarlo o transformarlo. No es lo que ignora o destruye pura y simplemente el poder: <italic>siempre se apoya en elementos de este</italic>&#xbb; (<xref ref-type="bibr" rid="B3">Foucault, 2016, p. 47</xref>). Precisamente la guerra, que tolera la insubordinaci&#xf3;n de las formas establecidas y atraviesa numerosos campos y registros, es concebida como algo interior y similar a la matriz del poder; una continuaci&#xf3;n de sus elementos. </p>
			<p>Y el &#xab;derecho a castigar&#xbb; es, por tanto, uno de tantos privilegios que se disputan las facciones del poder, no para abolirlo, y retornar a la guerra de todos contra todos, sino para apropiarlo y reactivarlo por ciertas unidades colectivas (<xref ref-type="bibr" rid="B3">Foucault, 2016, p. 47</xref>). Entretanto, las nuevas facciones sociales combaten por reapropiarse de las formas, los s&#xed;mbolos, los procesos, los ritos del poder, aunque de forma invertida; al rev&#xe9;s: &#xab;Tenemos aqu&#xed;, por lo tanto, un esquema de apropiaci&#xf3;n, de reactivaci&#xf3;n y de inversi&#xf3;n de la relaci&#xf3;n de poder&#xbb; (<xref ref-type="bibr" rid="B3">Foucault, 2016, p. 46</xref>). Por este motivo, las espadas del poder se empujan y se transforman por otras manos, declarando a los nuevos enemigos y sometiendo a juicio a los nacientes criminales.</p>
			<p>El crimen aviva, as&#xed;, la lucha por el &#xab;derecho a castigar&#xbb;, y la sanci&#xf3;n social reanima la contraguerra de los colectivos contra el nuevo criminal-enemigo. La obsesi&#xf3;n por el poder no cesa, mientras la nostalgia por la destrucci&#xf3;n compartida se exaspera, demoliendo la l&#xed;nea imaginaria, siempre ineficaz, entre el Leviat&#xe1;n y los s&#xfa;bditos, la guerra generalizada y el estado civil, la guerra civil y la disoluci&#xf3;n del Estado. Esta demarcaci&#xf3;n opera en la ficci&#xf3;n te&#xf3;rica del poder, pero, en ning&#xfa;n caso, en los contornos hist&#xf3;ricos y actuales. De esta manera, los colectivos sociales se apoderan del &#xab;criminal-enemigo social&#xbb;, reactivando los altares y los ritos de la violencia sacrificial en nombre de sus v&#xed;ctimas. He aqu&#xed; la novedad de esta lectura cr&#xed;tica: el desplazamiento de la guerra de todos contra todos a la guerra civil admite otro pliegue, suced&#xe1;neo y palpitante en el cuerpo social, aunque descuidado debido a las aparentes claridades en torno a las divisiones del control social formal e informal. </p>
			<p>El paradigma de control resulta esencial en las nuevas luchas por los privilegios del poder, &#xab;porque la criminalidad, no tiene naturaleza &#x201c;ontol&#xf3;gica&#x201d; sino &#x201c;definitorial&#x201d;&#xbb; (<xref ref-type="bibr" rid="B5">Garc&#xed;a-Pablos, 2001, p. 119</xref>). Complementando a Foucault, seg&#xfa;n el cual el ejercicio cotidiano del poder debe considerarse como una guerra civil, es subrayar que las rivalidades entre los grupos sociales y las instituciones formales se libran a ojos vistas en la cartograf&#xed;a del control social, definiendo la intensidad y la sanci&#xf3;n de las faltas y atribuyendo el estatus de criminal a ciertas &#xab;poblaciones indeseables&#xbb;. Actualmente, lo decisivo para la filosof&#xed;a y la criminolog&#xed;a es determinar c&#xf3;mo operan determinados grupos y mecanismos sociales en su lucha por la reapropiaci&#xf3;n y la reactivaci&#xf3;n del control social informal, mientras conservan la homogeneidad y tachan, expulsan y aniquilan lo heterog&#xe9;neo. Por supuesto, hay m&#xe1;s caras, hay m&#xe1;s fases del control que deben ser examinadas en sus modelos de operaci&#xf3;n y en sus consecuencias. </p>
			<p>Porque el &#xab;control social no se limita a detectar la criminalidad y a identificar al infractor, sino que crea o configura la criminalidad; realiza una funci&#xf3;n &#x201c;constitutiva&#x201d;&#xbb; (<xref ref-type="bibr" rid="B5">Garc&#xed;a-Pablos, 2001, p. 119</xref>). En este sentido, la calificaci&#xf3;n jur&#xed;dico-penal del acto realizado o los merecimientos objetivos del autor resultan triviales, ya que la atribuci&#xf3;n del estatus de criminal, desviado y anormal, as&#xed; como su castigo, compone el fin de las distintas rivalidades, formales e informales, por la disciplinarizaci&#xf3;n de los dem&#xe1;s. Esta cuesti&#xf3;n demanda, m&#xe1;s all&#xe1; de un an&#xe1;lisis te&#xf3;rico y normativo, una comprensi&#xf3;n de la realidad social, siempre tensa y conflictiva (<xref ref-type="bibr" rid="B5">Garc&#xed;a-Pablos, 2001, p. 119</xref>). As&#xed; las cosas, &#xbf;c&#xf3;mo operan los mecanismos sociales que crean y configuran a la criminalidad y a sus enemigos y delincuentes despreciados? </p>
			<p>Mientras el Leviat&#xe1;n surge de la guerra de todos contra todos, los &#xf3;rganos formales del control surgen del fracaso de la disciplinarizaci&#xf3;n social por parte de las instancias informales. No obstante, el desplazamiento te&#xf3;rico entre unas y otras hace evidente la coexistencia permanente de los diferentes &#xf3;rganos o portadores del control social, los cuales se sirven de agente, sistemas normativos, sanciones, destinatarios y procesos semejantes. El viejo mito de la radical jerarqu&#xed;a del poder institucional capitula ante la emergencia de numerosos colectivos de control informal, que tambi&#xe9;n deciden sobre la desviaci&#xf3;n de los sujetos y aplican las sanciones conforme a sus pretendidas ventajas. Porque &#xab;la pena ya no se deriva intr&#xed;nsecamente de la falta, sino de la utilidad social, nada m&#xe1;s&#xbb; (<xref ref-type="bibr" rid="B3">Foucault, 2016, p. 49</xref>). Las fronteras te&#xf3;ricas del control social pierden, actualmente, sus distancias, sus diferencias y sus grados, liberando la guerra generalizada bajo las numerosas formas discursivas de protecci&#xf3;n a las v&#xed;ctimas. </p>
			<p>As&#xed; las cosas, el entorno social se transforma en un tribunal permanente donde la atribuci&#xf3;n del estatus de criminal, desviado o anormal y la sanci&#xf3;n social son reactivados por ciertos colectivos informales, elevando el n&#xfa;mero de &#xab;delincuentes-enemigos sociales&#xbb;, los delitos sin ley previa y los castigos sin la ocurrencia real del acto; solo basta el desprecio. En suma, mientras la palestra social reemplaza progresivamente el juicio institucional, la voluntad colectiva, la mayor&#xed;a de las veces azarosa y an&#xf3;nima, disuelve los c&#xf3;digos legales, el proceso judicial y las garant&#xed;as constitucionales del proceso penal (debido proceso, presunci&#xf3;n de inocencia, defensa, sentencia justa, fundada y oportuna, entre otras). En palabras m&#xe1;s precisas, la justicia legal constituye solo uno de los posibles portadores del control social actual, que se extiende y fragmenta en numerosas formas de atribuci&#xf3;n y punici&#xf3;n de los &#xab;enemigos&#xbb; de la sociedad y sus &#xf3;rganos informales de control.</p>
			<p>&#xab;Para hacer el an&#xe1;lisis de un sistema penal, lo que debe ponerse de manifiesto, en primer t&#xe9;rmino, es la naturaleza de las luchas que en una sociedad se desarrollan en torno al poder&#xbb; (<xref ref-type="bibr" rid="B3">Foucault, 2016, p. 28</xref>). Esto significa que el derecho penal simboliza la espada de la justicia soberana, formalizada, previsible y controlada en virtud de principios de conformidad o disconformidad con las normas, aunque entrelazada con otros subsistemas informales, la mayor&#xed;a de las veces, disfuncionales, imprevisibles y fragmentados seg&#xfa;n las voluntades de sus detentadores. Con todo, Foucault advierte que la penalidad se ha transformado en virtud de &#xab;la formaci&#xf3;n y el desarrollo de toda una serie de instituciones -parapenales y algunas veces no penales- que sirven de punto de apoyo, de avanzadilla o de modelo al aparato principal&#xbb; (<xref ref-type="bibr" rid="B2">Foucault, 1996, p. 29</xref>). De ah&#xed; el ejercicio desmedido del castigo en la actualidad, convertido en un ejercicio arbitrario de las instancias de control social, formales y no-institucionales.</p>
			<p>La disciplinarizaci&#xf3;n social mediante el ejercicio para-judicial y para-penal, que act&#xfa;a al interior de la punici&#xf3;n institucional, reactiva, inusitadamente, tanto la vigilancia y el control del aparato formal, como la exclusi&#xf3;n, el rechazo y la estigmatizaci&#xf3;n social de ciertos sujetos &#xab;indeseables&#xbb; por parte los colectivos informales de reacci&#xf3;n social. De manera que el solapamiento de ambos lenguajes del control exacerba por doquier los ritos, los agentes y las v&#xed;ctimas sacrificiales de la expiaci&#xf3;n y el castigo, transformando el cuerpo social en un inmenso teatro de la punici&#xf3;n. </p>
		</sec>
		<sec id="sec4">
			<title>La sociedad punitiva de la &#xab;marcaci&#xf3;n&#xbb; o la &#xab;infamia&#xbb;</title>
			<p>La disputa por el control de la desviaci&#xf3;n se exacerba sobre la comunidad y sus v&#xed;ctimas sacrificiales expuestas al engrosamiento y el perfeccionamiento de las viejas t&#xe9;cnicas del poder -leyes, penas, polic&#xed;as, jueces, c&#xe1;rceles- y a la propagaci&#xf3;n de los nuevos mecanismos y estrategias del control social informal -discursos, sanciones, colectivos, defensores, redes sociales-. La globalidad del control social y la permanente intercambiabilidad de todos sus elementos (portadores, estrategias, medios y sanciones) exige analizar el funcionamiento de las instancias formales y los portadores informales de la disciplinarizaci&#xf3;n social, especialmente, sus cruces permanentes. Previamente se explic&#xf3; que el control social representa la continuaci&#xf3;n de la guerra civil por otros medios: ciertas unidades colectivas disputan los fines formales del control (prevenci&#xf3;n o represi&#xf3;n del delito), los medios (penas o medidas de seguridad) y los destinatarios (enemigos-delincuentes), en ning&#xfa;n caso para abolirlos y transformarlos, sino para reapropiarlos y reactivarlos en nombre de otro sistema normativo, cuya &#xfa;nica diferencia estriba en su grado de formalizaci&#xf3;n. </p>
			<p>De manera que ciertos colectivos sociales se expresan paralelamente al control punitivo formal, haciendo uso de un ejercicio para-judicial y para-penal: 1) comportamiento diferencial y discriminatorio (el criterio del estatus social prima sobre el merecimiento objetivo del autor de la conducta); 2) funci&#xf3;n constitutiva o generadora de la criminalidad (los agentes del control social no &#xab;detectan&#xbb; al infractor, sino que &#xab;crean&#xbb; la infracci&#xf3;n y etiquetan al culpable como tal); 3) efecto estigmatizador (marca al individuo, desencadenando la llamada &#xab;desviaci&#xf3;n secundaria y las carreras criminales&#xbb;, <xref ref-type="bibr" rid="B5">Garc&#xed;a-Pablos, 2001, p. 121</xref>); 4) sanciones dominantes y permanentes en cada uno de ellos (exclusi&#xf3;n, marcaci&#xf3;n, encierro, indemnizaci&#xf3;n). De modo que las sociedades no se dividen, &#xfa;nicamente, seg&#xfa;n las maneras c&#xf3;mo tratan a los vivos y los muertos, sino tambi&#xe9;n, y complementando a Foucault, en virtud de la partici&#xf3;n del control social de numerosos agencias institucionales e informales de disciplinarizaci&#xf3;n comunitaria. </p>
			<p>En absoluto, el desarrollo hist&#xf3;rico de la desviaci&#xf3;n resulta uniforme ni lineal, sino, m&#xe1;s concretamente, desigual, intermitente y contradictorio: &#xab;&#x2026; en puridad, se ha producido una <italic>transformaci&#xf3;n</italic> del aparato de control social y de su operatividad (se habr&#xed;a incrementado su extensi&#xf3;n, intensidad, dispersi&#xf3;n e invisibilidad) m&#xe1;s que una efectiva reducci&#xf3;n de la presi&#xf3;n de este&#xbb; (<xref ref-type="bibr" rid="B5">Garc&#xed;a-Pablos, 2001, p. 127</xref>). Por ello, la actualidad trasluce una generalizaci&#xf3;n colosal del doble lenguaje del control social (formal e informal), que se sirve, igualmente, de la neutralizaci&#xf3;n (<italic>antropofagia</italic>) y la exclusi&#xf3;n (<italic>antropoemia</italic>), as&#xed; como de la <italic>estigmatizaci&#xf3;n</italic> de ciertos individuos etiquetados de &#xab;indeseables&#xbb;. He aqu&#xed; el com&#xfa;n denominador: una y otra seleccionan, tachan y marcan la vida como culpable, excluyendo, la mayor&#xed;a de las veces, la comisi&#xf3;n efectiva del acto delictivo. De ah&#xed; el rebajamiento de las garant&#xed;as penales liberales y el incremento de la venganza privada y colectiva, porque &#xab;no hay nada m&#xe1;s [&#xfa;til] que estar en contra de (alguien)&#xbb; (<xref ref-type="bibr" rid="B11">Larrauri, 2009, p. 32</xref>).</p>
			<p>En este marco, Foucault distingue cuatro clases de penas seg&#xfa;n los tipos de sociedades -expulsadoras, encerradoras, compensatorias, torturadoras o purificadoras-: la exclusi&#xf3;n, el encierro, la indemnizaci&#xf3;n y la marcaci&#xf3;n o la infamia, que se yuxtaponen en virtud de su funci&#xf3;n t&#xe1;ctica al interior de los diferentes sistemas penales (<xref ref-type="bibr" rid="B3">Foucault, 2016, p. 24</xref>). Correlativamente a los distintos tipos de civilizaciones y de penas conforme a su utilidad, los cambios epocales en la intervenci&#xf3;n de la desviaci&#xf3;n determinan las transiciones y las funciones dominantes de los castigos, atendiendo al privilegio de los &#xf3;rganos formales e informales de control social sobre la vida, el cuerpo, los bienes y la honra de ciertos individuos. Mientras la exclusi&#xf3;n alude a la expulsi&#xf3;n, el env&#xed;o al afuera, privando al individuo de los lugares comunitarios y sagrados (sociedad expulsadora), el encierro constituye la clausura, la absoluta seguridad sobre el cuerpo del delincuente, rompiendo los lazos que mantienen al sujeto dentro del poder (sociedad encerradora). </p>
			<p>En tanto la indemnizaci&#xf3;n implica una reparaci&#xf3;n por parte del infractor a la v&#xed;ctima, inmoviliz&#xe1;ndolo en una compleja red de obligaciones econ&#xf3;micas y simb&#xf3;licas multiplicadas (sociedad compensatoria). Finalmente, la marcaci&#xf3;n graba una cicatriz en el cuerpo, infligiendo una &#xab;mancha simb&#xf3;lica&#xbb; al nombre y humillando al personaje en su estatus social: &#xab;Como sea, la cuesti&#xf3;n pasa por dejar sobre el cuerpo visible o simb&#xf3;lico, f&#xed;sico o social, anat&#xf3;mico o estatutario, algo semejante a una huella&#xbb; (<xref ref-type="bibr" rid="B3">Foucault, 2016, p. 19</xref>). En efecto, el individuo quedar&#xe1; marcado por un &#xab;acto de memoria y reconocimiento&#xbb; (sociedad torturadora o purificadora). En este modelo penal ya no se trata de expulsar, encerrar, compensar y, en cierto modo, borrar, sino m&#xe1;s textualmente, en subrayar la falta, impidiendo el olvido. Los rostros en la picota o las manos cortadas de los ladrones constituyen ejemplos claros de esta estrategia punitiva, que, al igual que el encierro, destruye los v&#xed;nculos del individuo con el cuerpo social, asil&#xe1;ndolo en el interior de la misma sociedad (<xref ref-type="bibr" rid="B10">Lardiz&#xe1;bal y Uribe, 2005, p. 97</xref>). </p>
			<p>As&#xed; pues, la marcaci&#xf3;n implica la huella visible en el cuerpo del torturado y, al mismo tiempo, el sello del poder institucional y, tambi&#xe9;n, no hay que soslayar, del colectivo social que ha impreso el estigma sobre el condenado. Ahora, esta sanci&#xf3;n de la marcaci&#xf3;n -que fue preponderante en Occidente durante la Alta Edad Media hasta el siglo XVIII, y cuyo objeto del control era p&#xfa;blico, espectacular, corporal, moralista- constituye, hoy, la t&#xe1;ctica penal dominante de ciertos &#xf3;rganos no institucionales del control social. Este modelo punitivo que se resiste a desaparecer, fortaleci&#xe9;ndose al interior de la penalidad formal, constituye la t&#xe1;ctica ideal de la sanci&#xf3;n informal que, invirtiendo la &#xab;espada de la justicia&#xbb;, golpea a ciertos individuos obligados, ordinariamente, a probar su inocencia: &#xab;La gran caza de brujas [y brujos] puede ser considerada como ejemplo supremo de matanzas de inocentes por una burocracia guiada por creencias que, desconocidas o rechazadas en siglos anteriores, llegaron a darse por hechos demostrados o verdades evidentes por s&#xed; mismas&#xbb; (<xref ref-type="bibr" rid="B4">Fuentes, 2018, p. 105</xref>). </p>
			<p>En efecto, el modelo de la infamia se sirve del cuerpo real o simb&#xf3;lico del torturado, cuya acusaci&#xf3;n y degradaci&#xf3;n resultan inmediatos por cualquier individuo o instancia para-judicial y para-penal, que se arrogue el &#xab;derecho a castigar&#xbb;. El tipo penal de la marcaci&#xf3;n representa una &#xab;justicia que no tiene que pasar por el poder judicial [&#x2026;] Aqu&#xed;, no hay necesidad ni de tribunal ni de c&#xf3;digo&#xbb; (<xref ref-type="bibr" rid="B3">Foucault, 2016, p. 90</xref>). Durante la Edad Media, la persecuci&#xf3;n y el rechazo social de los magos y las hechiceras representan &#xab;un ejemplo v&#xed;vido del poder de la imaginaci&#xf3;n humana para construir un estereotipo y a su vez de su renuencia a cuestionar la validez del estereotipo una vez que ha sido este generalmente aceptado&#xbb; (<xref ref-type="bibr" rid="B4">Fuentes, 2018, p. 105</xref>). As&#xed; las cosas, cientos de hombres y mujeres fueron perseguidos, atormentados y quemados por conspirar contra Dios, concebida y ejecutada por Sat&#xe1;n: &#xab;Ning&#xfa;n testigo las hab&#xed;a visto volar camino al <italic>Sabbat</italic> montadas en una escoba, ni fornicar con el diablo, ni cocinar en negras cazuelas a ni&#xf1;os reci&#xe9;n nacidos antes de ser bautizados&#xbb; (<xref ref-type="bibr" rid="B4">Fuentes, 2018, p. 97</xref>). </p>
			<p>En estrictos t&#xe9;rminos, bastaba la acusaci&#xf3;n de por lo menos dos individuos cualesquiera para que el presunto mago o la denunciada hechicera fueran arrestados, torturados y asesinados en la hoguera: &#xab;Puesta la denuncia y detenida la sospechosa[o], comenzaba el proceso y el interrogatorio, y, ante la ausencia de pruebas, se aplicaba la tortura, que con frecuencia derivaba en denuncias en cadena que provocaban la histeria y el p&#xe1;nico a verse implicado&#xbb; (<xref ref-type="bibr" rid="B4">Fuentes, 2018, p. 106</xref>). Y mientras las v&#xed;ctimas sacrificiales eran expuestas a la purificaci&#xf3;n del fuego, los inquisidores resultaban inmunes e implacables respecto al presunto delito, que afectaba, especialmente, a ciertos hombres y mujeres en la pobreza y la mendicidad. Mientras tanto, los hechiceros y las brujas se transformaron en los monstruos, los actos de brujer&#xed;a en delitos de herej&#xed;a y la denuncia en la masacre: &#xab;El clero no tiene bastantes hogueras, ni el pueblo bastantes ofensas, ni el ni&#xf1;o bastantes piedras. El poeta (tambi&#xe9;n un ni&#xf1;o) le lanza otra piedra, m&#xe1;s cruel a&#xfa;n para una mujer&#xbb; (<xref ref-type="bibr" rid="B4">Fuentes, 2018, p. 102</xref>). </p>
			<p>Hoy, el sacrificio de los nuevos chivos expiatorios, producto, la mayor&#xed;a de las veces del odio y de la venganza, se generaliza mediante la infamia, haciendo culpables a ciertos sujetos por el hecho de ser denunciados an&#xf3;nimamente. De forma semejante al periodo medieval (<xref ref-type="bibr" rid="B4">Fuentes, 2018, p. 103</xref>), actualmente, basta una acusaci&#xf3;n sin pruebas para que el sospechoso sea expuesto al escarnio social, pues confiesa, aunque no tenga nada que confesar, o es torturado, sin que sus inquisidores informales sufran la menor consecuencia debido a su anonimato o a sus discursos sobre la justicia popular; el acusado ha perdido sus garant&#xed;as ante el proceso social y psicol&#xf3;gico que existe sobre &#xe9;l. An&#xe1;logamente a la caza de los hijos de Sat&#xe1;n que se activa mediante la imputaci&#xf3;n de un cualquiera, pasando por las formas rituales del proceso judicial, hasta terminar en la pira de la purificaci&#xf3;n, el poder judicial vigente se disuelve en la gran hoguera social, cuyos titulares se arrogan el privilegio de definir el estatus de un criminal y de aplicar el castigo. </p>
			<p>La intensidad de la infamia var&#xed;a seg&#xfa;n el &#xf3;rgano de control informal, atendiendo al criminal-enemigo social y a su presunta falta: &#xab;Es un castigo transparente: sola la mirada y el murmullo, el juicio instant&#xe1;neo y, llegado el caso, constante de cada quien y de todos constituye esa suerte de tribunal permanente&#xbb; (<xref ref-type="bibr" rid="B3">Foucault, 2016, p. 90</xref>). En realidad, el modelo de la marcaci&#xf3;n constituye el ideal de ciertos discursos y ejercicios de control no-institucionalizados que exponen a sus v&#xed;ctimas a la vista, el susurro y el odio del p&#xfa;blico. Y al igual que las instancias formales, ciertos colectivos, en nombre de la protecci&#xf3;n social, tambi&#xe9;n marcan, hieren, amputan, matan real y simb&#xf3;licamente, se&#xf1;alan con una cicatriz, marcan con un signo el rostro o el nombre, imponen una tara de un modo artificial y visible; &#xab;se apoderar&#xe1;n del cuerpo de sus acusados, grabando en los mismos los sellos del poder infamante&#xbb; (<xref ref-type="bibr" rid="B3">Foucault, 2016, p. 23</xref>). </p>
			<p>Las &#xab;sociedades infamantes&#xbb; imponen &#xab;marcas infamantes&#xbb;, tanto en el per&#xed;odo medieval, como en la actualidad, &#xab;facilitando la impunidad de la calumnia, pues, aunque en este inmenso valle publicitario todo el mundo tiene un hueco para expresarse, las redes no suprimen el rencor, ni la envidia, ni el acoso desde el anonimato almohadillo del hogar&#xbb; (<xref ref-type="bibr" rid="B4">Fuentes, 2018, p. 286</xref>). La infamia de hecho, o m&#xe1;s exactamente, la opini&#xf3;n p&#xfa;blica representa un castigo preferente para ciertos individuos e instancias de control informal debido a su reacci&#xf3;n espont&#xe1;nea, inmediata y an&#xf3;nima, cuya intensidad depende de la utilidad para sus detentadores y el da&#xf1;o para sus v&#xed;ctimas. En estricto sentido, la marcaci&#xf3;n se adec&#xfa;a a los principios de la penalidad, aunque prescinda de un c&#xf3;digo legal, un poder p&#xfa;blico y un tribunal formal. </p>
			<p>Por consiguiente, esta modalidad punitiva constituye, hoy, el privilegio de numerosos colectivos que disputan el privilegio sobre el cuerpo f&#xed;sico y simb&#xf3;lico de variados sujetos expuestos a su poder. De ah&#xed; la palmaria contradicci&#xf3;n, porque &#xab;quien presume de poder amar a la humanidad entera y, apelando al amor al hombre, critica el amor a una comunidad limitada, es un impostor&#xbb; (<xref ref-type="bibr" rid="B4">Fuentes, 2018, p. 78</xref>). La universalidad de la infamia como forma general del castigo informal constituye, pues, el mecanismo vigente de la reacci&#xf3;n social, que acusa y juzga con total rapidez, sin contrastar la informaci&#xf3;n, y cuyos efectos son devastadores. El odio es suficiente para la apertura de un tribunal inquisitorial. &#xab;La frecuente superficialidad, la tendencia a la exageraci&#xf3;n y a la excitaci&#xf3;n, la facilidad y el mayor tama&#xf1;o de la tecla &#x201c;intro&#x201d; &#x2026; ponen en manos de los resentidos y los vengativos un &#xfa;til instrumento de venganza&#xbb; (<xref ref-type="bibr" rid="B4">Fuentes, 2018, p. 287</xref>). </p>
			<p>De hecho, la realidad hist&#xf3;rica de la marcaci&#xf3;n evidencia que la actuaci&#xf3;n de los &#xf3;rganos formales e informales del control instaura y multiplica los efectos de la selecci&#xf3;n, la estigmatizaci&#xf3;n y la destrucci&#xf3;n, transformando s&#xfa;bitamente a sus destinatarios en el chivo expiatorio de numerosas miradas, voces y tribunales an&#xf3;nimos, tan crueles como inhumanos: &#xab;Aliada a la ordal&#xed;a, la calumnia hace un da&#xf1;o tanto m&#xe1;s doloroso cuanto mayor es la dificultad para demostrar sus efectos&#xbb; (<xref ref-type="bibr" rid="B4">Fuentes, 2018, p. 310</xref>) En efecto, dice Eugenio Fuentes: &#xab;Si un golpe se manifiesta en la herida o en el hematoma y deja vestigios en la piel o los huesos, en cambio el da&#xf1;o moral infligido, el sufrimiento an&#xed;mico, el desprestigio o la marginaci&#xf3;n social no tienen una evidencia palmaria&#xbb; (<xref ref-type="bibr" rid="B4">Fuentes, 2018, p. 310</xref>). En suma, el odio y la venganza de unos sustituye la verg&#xfc;enza de la marcaci&#xf3;n, y el tribunal absorbe la sociedad en su conjunto, que se arroga el viejo privilegio de etiquetar y de castigar, actualizando las antiguas ordal&#xed;as, cazas y linchamientos medievales. </p>
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		<sec id="sec5" sec-type="conclusions">
			<title>Conclusiones</title>
			<p>La lucha por el disciplinamiento social exacerba la estigmatizaci&#xf3;n de ciertos individuos castigados por los portadores del control social formal y no-institucionalizado. De esta manera, &#xab;anormales&#xbb;, &#xab;delincuentes&#xbb;, &#xab;criminales&#xbb;, &#xab;enemigos sociales&#xbb; se erigen en el objeto de numerosos discursos y pr&#xe1;cticas de se&#xf1;alamiento p&#xfa;blico y marginaci&#xf3;n social. Y, entretanto, las garant&#xed;as liberales del proceso penal se disuelven ante una oscura justicia fundada en la celeridad, el anonimato y el envilecimiento de los nuevos ordalizado, despojados de cualquier garant&#xed;a ante la sentencia inapelable y definitiva de los portadores del control social. </p>
			<p>No resulta dif&#xed;cil imaginar la soledad y la desesperaci&#xf3;n de los herejes inculpados durante el periodo medieval, ni mucho menos suponer la impotencia, el sufrimiento y la humillaci&#xf3;n de las nuevos acusados expuestos a la mirada y el susurro brutal de la marcaci&#xf3;n infamante de las instituciones y, especialmente, de los colectivos informales de control social, cuyos inculpados tan solo aspiran, al igual que las brujas y los hechiceros, a salvarse por la magia, la aberraci&#xf3;n de la naturaleza o la negligencia de las leyes f&#xed;sicas. El nuevo tribunal social resulta irrefutable: no se puede corregir: &#xab;En la sentencia ord&#xe1;lica no existe una instituci&#xf3;n superior a la que recurrir, no hay apelaci&#xf3;n ni segunda opini&#xf3;n&#xbb; (<xref ref-type="bibr" rid="B4">Fuentes, 2018, p. 30</xref>). Y las consecuencias resultan inmediatas. El veredicto proferido por los titulares del control social formal y no-institucional inadmite cualquier apelaci&#xf3;n, sirvi&#xe9;ndose de numerosos mecanismos sociales y ps&#xed;quicos de etiquetamiento, tacha y castigo del cuerpo real y simb&#xf3;lico de los inculpados. </p>
			<p>La vida de algunos es acusada, juzgada y castigada debido a la denuncia repentina y an&#xf3;nima de ciertos individuos que se arrogan el derecho absoluto a inscribir y tachar al resto, transformando la pluridimensionalidad de la existencia en un sordo proceso penal sin c&#xf3;digo legal, ni garant&#xed;a alguna, y la sociedad en una guerra generalizada por el privilegio de odiar, etiquetar y castigar a los dem&#xe1;s. El modelo de la infamia constituye, hoy, el modelo ideal de marcaci&#xf3;n ps&#xed;quica y social de los condenados por parte de los portadores del control social informal, que solo precisan de su propia reacci&#xf3;n inmediata e imprevisible. Basta, pues, un vago estado de acusaci&#xf3;n que etiqueta y marca la vida como culpable, sin previo aviso ni posibilidad de defensa ante el juicio an&#xf3;nimo. En <italic>El proceso,</italic> la premonici&#xf3;n kafkiana de una vida incriminada por cualquiera constituye, actualmente, la utop&#xed;a penal de ciertas facciones de control social formal e informal que multiplican por doquier las viejas ordal&#xed;as, culpando y aplastando la vida, sorpresiva y an&#xf3;nimamente. </p>
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			<title>Bibliograf&#xed;a</title>
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